
¿Qué pasos seguir para evitar un embargo mientras se negocia una deuda en Ecuador?
Evitar un embargo es posible si se actúa rápido, se negocia la deuda y se conoce el proceso legal
Enfrentar puede generar incertidumbre debido a las consecuencias que trae no pagar. El embargo, un mecanismo de cobro usado por muchas instituciones, puede poner a las personas en una situación vulnerable y limitar más las posibilidades de pago, y, por ende, de recuperar el bien embargado.
Existen mecanismos para evitar que esta acción llegue a ejecutarse. Negociar con la entidad acreedora, conocer el estado del proceso judicial y actuar con rapidez son claves para proteger el patrimonio personal sin caer en pánico ni desinformación. La ley permite que tanto instituciones públicas como privadas inicien procesos de embargo, pero también reconoce el derecho del deudor a buscar acuerdos de pago antes de que se rematen bienes o se congelen cuentas.
¿Qué hacer para evitar un embargo?
Evitar un embargo es posible, pero se debe comprender que el deudor está en una posición de desventaja constante. El abogado administrativo Adrián Ozaeta explica que las negociaciones y acuerdos se pueden realizar en todo el proceso, pero mientras más rápido se realicen, mejores serán los resultados.
1.- Reconocer en qué etapa del proceso la persona se encuentra. En entidades privadas el embargo toma más tiempo ya que requiere de un proceso previo para llegar a esta medida. Por otra parte, si la deuda es con una entidad pública, el embargo es una de las medidas que se aplicará de forma inmediata.
2.- Ver la posibilidad de transferir el dominio de los bienes. Si se tiene una deuda y el deudor tiene bienes que pueden ser embargados, una opción preventiva es transferir el dominio del bien a otra persona que no figure en la deuda para así evitar que el bien se embargue.
3.- Acercarse a los abogados encargados o a la institución que generó la deuda. negociar el pago de la deuda es lo más indicado si el proceso ya está avanzado. Plantear la realidad económica y mostrar voluntad de pago hará que el proceso no siga y por lo tanto se evite el embargo.
Bienes que se pueden embargar
Las entidades, tanto públicas como privadas pueden embargar bienes muebles e inmuebles como:
- Cuentas bancarias
- Créditos
- Acciones
- Vivienda (casa, departamento, entre otros)
- Vehículos
- Unidad productiva (negocios)
Dentro de estas hay excepciones que no permiten que sean embargados, un ejemplo de esto son los bienes que están hipotecados de cualquier institución como el Biess, IESS o un banco privado, o están bajo un patrimonio familiar. Al embargo de cuentas bancarias algunas personas están exentas como jubilados, trabajadores o personas que reciben pensión alimenticia.
Enfrentar un proceso de embargo implica un riesgo patrimonial, por eso, actuar con información, asesoría y voluntad de diálogo puede marcar la diferencia entre perder un bien o conservarlo mediante un acuerdo viable. La clave está en no esperar a que el proceso avance demasiado. Mientras más temprano se reconozca la deuda y se busque una solución, mayores serán las posibilidades de evitar consecuencias irreversibles.