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Diario Expreso Ecuador

Decreto del Sercop: claves para entender qué cambia en contrataciones públicas

Reforma redefine procesos clave, incorpora nuevas reglas internacionales y endurece sanciones para mejorar control y eficiencia en compras públicas

El SERCOP aplica nuevas reglas en contratación pública tras el Decreto 356 emitido por el Ejecutivo.

El SERCOP aplica nuevas reglas en contratación pública tras el Decreto 356 emitido por el Ejecutivo.Cortesía

Marco Rivera
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Lo que debes saber

  • El nuevo decreto del SERCOP cambia reglas clave en contrataciones públicas, introduce sanciones más claras y redefine el régimen especial. Aquí las claves.

El presidente Daniel Noboa emitió el Decreto Ejecutivo No. 356 en Ecuador, que reforma la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. La norma introduce cambios en el rol del SERCOP, en los procedimientos especiales y en el control de sanciones. El objetivo declarado es mejorar la eficiencia del sistema y ajustar reglas en sectores estratégicos. Estas modificaciones ya rigen tras su publicación en el Registro Oficial.

Entre los cambios más relevantes está la redefinición del “régimen especial”, que ahora incluye contrataciones vinculadas a banca central, política monetaria y estabilidad financiera. Esto implica nuevas reglas para adquisiciones del Banco Central del Ecuador. También se incorporan criterios de proporcionalidad en sanciones y nuevos procedimientos para compras en el extranjero.

El decreto también ajusta artículos clave para reforzar el control institucional y la trazabilidad de los procesos. Se incluyen obligaciones de publicación en portales oficiales y mecanismos para validar información en tiempo real. Además, se introducen cambios en la contratación internacional, con normas específicas sobre transparencia.

Qué cambia en el régimen especial del SERCOP

Uno de los ejes principales es la modificación del artículo 2, que redefine el alcance del régimen especial. Este ahora abarca actividades necesarias para garantizar la sostenibilidad del sistema monetario y financiero. Incluye desde operaciones de liquidez hasta inversiones y gestión de reservas internacionales.

El artículo 4 detalla nuevas áreas bajo este régimen, como la contratación de servicios financieros especializados. También se contemplan adquisiciones para seguridad de valores, servicios tecnológicos y logística vinculada al manejo monetario. Estas actividades estarán sujetas a regulaciones específicas, distintas al régimen común.

El decreto señala que el Banco Central podrá determinar procesos específicos para estas contrataciones. Sin embargo, se mantiene la obligación de publicar información relevante en el Portal de Compras Públicas. Esto busca equilibrar flexibilidad operativa con transparencia.

Nuevas reglas para contrataciones internacionales

El artículo 152 establece normas para contratar con organismos internacionales. Estas adquisiciones se regirán por acuerdos y tratados internacionales, con prioridad sobre la normativa nacional. Esto abre la puerta a procesos más ágiles en cooperación internacional.

Además, el artículo 154 obliga a publicar en el portal institucional y en el portal de compras públicas. Las entidades deberán detallar necesidades, plazos y condiciones para proveedores internacionales. Si no se reciben propuestas, el Banco Central podrá justificar la adjudicación directa.

También se prioriza la participación de proveedores que aporten valor agregado al país. El decreto señala que esto debe evaluarse en términos de transferencia de conocimiento o inversión. Se busca así fortalecer capacidades locales a través de contratación externa.

Ajustes en sanciones y control del sistema

El decreto introduce cambios en los artículos 432 y 433 sobre sanciones administrativas. Se elimina la frase “en su primera notificación” y se redefinen criterios para la pérdida de competencia del SERCOP. También se aclaran responsabilidades por negligencia en pronunciamientos.

Una de las citas clave del documento señala: “Previo informe motivado del órgano competente, la máxima autoridad del Sercop… declarará la suspensión o destitución”. Esto refuerza la cadena de responsabilidad dentro del sistema. La norma busca evitar vacíos en la aplicación de sanciones.

Además, se incorpora una nueva sección sobre clases de sanciones. Estas se clasifican en leves, graves y muy graves, con rangos económicos y tiempos de suspensión definidos. También se incluyen sanciones por reincidencia y faltas en subastas inversas electrónicas.

Claves rápidas del decreto del Sercop

  • Redefinición del régimen especial para incluir banca central y política monetaria
  • Nuevas reglas para contratación internacional con prioridad a tratados
  • Obligación de publicar procesos y necesidades en portales oficiales
  • Cambios en sanciones con criterios de proporcionalidad
  • Mayor control sobre decisiones del SERCOP y sus funcionarios
  • Inclusión de tablas específicas para infracciones y penalidades

Contexto y objetivo de la reforma

El decreto se sustenta en artículos de la Constitución y leyes económicas vigentes. También responde a la necesidad de adaptar el sistema a nuevas dinámicas financieras. Según el texto, se busca garantizar eficiencia, transparencia y sostenibilidad.

Entre los considerandos se destaca que el sistema debe “preservar la integridad del erario público”. Además, se enfatiza la importancia de evitar prácticas inadecuadas en contratación. Esto se traduce en controles más estrictos y reglas más claras.

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