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Diario Expreso Ecuador

Contratación pública en ecuador

Nuevas reglas del Sercop en Ecuador: sanciones y controles explicados

El sistema de contratación pública en Ecuador pasa a una nueva etapa tras la entrada en vigencia del Decreto Ejecutivo 356

Firma de documento de contratación de servicio.

Firma de documento de contratación de servicio.Pexels

Edison Andrés García Yépez

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Actualizado:

Lo que debes saber

  • El Gobierno cambia las reglas del Sercop con nuevas sanciones de hasta 360 días y más controles en compras públicas.
  • El decreto también introduce contrataciones reservadas y obliga a justificar compras en el exterior.
  • El Banco Central del Ecuador es incluido dentro de un régimen especial de contratación.

El sistema de contratación pública en Ecuador pasa a una nueva etapa tras la entrada en vigencia del Decreto Ejecutivo 356, firmado por el presidente Daniel Noboa. Desde el 10 de abril, las reformas introducen cambios clave en la forma en que el Estado compra bienes y servicios, con un énfasis particular en controles, sanciones y procedimientos.

La actualización modifica varios artículos del reglamento del Sercop y redefine aspectos centrales del proceso de contratación.

(Te puede interesar: Reformas al Sercop en Ecuador: ¿qué cambia en compras públicas y sanciones tras decreto?)

Uno de los ajustes iniciales se concentra en la definición de conceptos dentro del sistema, como el listado de catálogo de bienes. A esto se suma una reformulación de los procedimientos, que ahora deben responder de manera más clara a las necesidades específicas de cada entidad pública.

También se introducen cambios en el uso de los catálogos electrónicos, una herramienta clave para la adquisición de bienes y servicios. Con esta modificación, se busca ordenar los procesos de selección de proveedores y hacerlos más estructurados en la práctica.

Banco Central del Ecuador, con régimen especial de contratación

Uno de los puntos más relevantes del decreto es la inclusión del Banco Central del Ecuador dentro de un régimen especial de contratación. Esto le permite gestionar procesos vinculados a operaciones sensibles, como reservas o inversiones, bajo condiciones diferenciadas.

En estos casos, el decreto establece que ciertos procedimientos no serán de acceso público si existe riesgo para la gestión estatal, según el decreto. Sin embargo, se mantiene la exigencia de controles internos, lo que plantea un equilibrio entre confidencialidad y supervisión.

Aun en este contexto, la normativa obliga a que las resoluciones de contratación directa se publiquen en el portal oficial dentro de plazos definidos. Con esto, se busca dejar registro de las decisiones adoptadas, incluso en procesos que manejan información sensible.

Sercop y las contrataciones en el extranjero

Otra de las modificaciones apunta a las contrataciones en el extranjero. A partir de ahora, las entidades deberán justificar técnicamente la necesidad de acudir a proveedores internacionales, lo que introduce un filtro adicional para este tipo de decisiones.

Reforma al Sercop: ¿cuáles son las sanciones?

El decreto también redefine el esquema sancionatorio dentro del Sercop, incorporando una clasificación más detallada de las infracciones. Este cambio busca que las penalizaciones sean proporcionales a la gravedad de cada incumplimiento.

Las sanciones se estructuran en tres niveles. Para la figura de Subasta Inversa Electrónica:

  • Leve: sanción de hasta 60 días por rango de referencia menor o igual a 49.854 dólares.
  • Grave: sanción de hasta 120 días por rango de referencia entre 49.854,01 dólares y 119.624 dólares.
  • Muy grave: sanción de hasta 180 días por rango de diferencia mayor o igual a 119.624,01.

Para infracciones en procedimientos de régimen común y especial:

  • Leve: sanción de hasta 60 días por rango de referencia menor o igual a 72.732 dólares.
  • Grave: sanción de hasta 120 días por rango de referencia entre 72.732,01 dólares y 279.472 dólares.
  • Muy grave: sanción de hasta 180 días por rango de diferencia mayor o igual a 279.472,01.

Infracciones por mal uso del Portal de Contratación Pública:

  • Leve: sanción de hasta 60 días por publicación de información y/o mensajes no relacionados.
  • Grave: sanción de hasta 120 días por suplantación de identidad o uso de información privilegiada.
  • Muy grave: sanción de hasta 180 días por acceso no autorizado, manipulación de datos, interferencia en el funcionamiento.

Las suspensiones se pueden extender hasta los 360 días, en el caso de las infracciones muy graves; 270 días en las graves y 181 en las leves.

Además, se establece que antes de iniciar cualquier sanción debe existir un informe técnico que sustente la existencia de negligencia o incumplimiento. Este requisito introduce un paso previo obligatorio que refuerza la base técnica de las decisiones disciplinarias.

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