
Paso a desnivel en Los Ceibos: Por esta razón un Tribunal negó acción de protección
Se hizo llamado de atención al Municipio de Guayaquil para que escuche y atienda las inquietudes ciudadanas
El Tribunal Segundo de Garantías Penales negó este lunes 2 de febrero la acción de protección que un grupo de ciudadanos solicitó, en junio pasado, por la construcción de dos pasos a desnivel en Los Ceibos.
La obra enfrentó al Municipio de Guayaquil con residentes de este sector del norte de la ciudad que, agrupados en la iniciativa Acción Los Ceibos, aseguraron que hubo impacto ambiental e inadecuada socialización de la obra, cuya ejecución se extenderá por dos años.
"No se evidencia vulneración directa de los derechos constitucionales que justifique la procedencia de la acción de protección", indicó el Tribunal en su resolución.
Hace seis meses se negó la medida cautelar con la que se buscaba suspender la construcción de las dos estructuras de hormigón con las que la Alcaldía pretende reducir la congestión vehicular.
El alcalde Aquiles Álvarez reaccionó y, en su cuenta de la red social X, aseguró: "Durante todo el proceso, demostramos que el proyecto cumple con toda la normativa ambiental vigente, que cuenta con un registro ambiental válido y que fue socializado con los vecinos, tal como manda el ente rector ambiental".
Sin embargo, EXPRESO recogió cómo en una reunión, a fines de junio del 2025, hubo malestar entre residentes de Los Ceibos, y ciudadelas aledañas, por lo que consideraron una obra innecesaria.
La justicia nos dio la razón: el paso elevado en la Av. del Bombero es completamente legal. Se intentó frenar esta obra con una acción de protección que no tenía sustento, y el Tribunal Penal la negó porque no se comprobó ninguna violación a derechos constitucionales atribuibles…
— Aquiles Alvarez Henriques (@aquilesalvarez) February 2, 2026
Que se escuche a la ciudadanía, advierte el Tribunal
Esta pugna entre las autoridades y la ciudadanía llevó a que el Tribunal advirtiera a la Municipalidad con mejorar sus procesos de socialización.
"Existe una discusión sobre la que se planteó la presente acción de protección. No está demás advertir a la autoridad Municipal: durante su desarrollo (el de la obra) debe observar el derecho del ciudadano, al ser oído, escuchado o atendido sobre cualquier inquietud en la ejecución de la ejecución de la obra por parte de la ciudadanía, involucrada en un desarrollo urbanístico de la ciudad", sostuvo el Tribunal.
Álvarez cuestionó, en su momento, las protestas ciudadanas que hubo en torno a la ejecución de la obra, y las relacionó con posibles intentos de "oposición política" a su gestión, que avanza con la ejecución de esta obra, cuestionada por especialistas en movilidad, respecto a la prioridad que se da a un solo tipo de transporte: el motorizado.
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