toque de queda en Ecuador
El toque de queda restringe la circulación entre las 23:00 y 05:00 en cuatro provincias de Ecuador hasta el 30 de marzo.ARCHIVO

Toque de queda en Ecuador: horario en las 4 provincias, excepciones y sanciones

Toque de queda en Ecuador: horario, provincias afectadas, excepciones y sanciones

Desde este domingo 15 de marzo de 2026, Ecuador aplicará un toque de queda nocturno en cuatro provincias del país como parte de una estrategia del Gobierno para frenar los altos niveles de violencia en zonas consideradas críticas.

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La medida fue dispuesta por el presidente Daniel Noboa mediante el Decreto 329 y estará vigente inicialmente hasta la medianoche del 30 de marzo. Durante este período, se restringirá la libre circulación en horario nocturno en determinadas provincias.

Horario del toque de queda

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El toque de queda se aplicará todos los días entre las 23:00 y las 05:00, desde el 15 hasta el 30 de marzo de 2026.

Durante esas horas, los ciudadanos no podrán circular por las calles salvo en los casos autorizados por el decreto.

Provincias donde regirá la medida

La restricción se aplicará de forma focalizada en cuatro provincias:

Guayas

Los Ríos

  • Santo Domingo de los Tsáchilas

  • El Oro

Según el Gobierno, estos territorios presentan altos niveles de criminalidad y actividad de grupos de delincuencia organizada. Las autoridades consideran que estas provincias forman un corredor estratégico para estas organizaciones.

El comandante general de la Policía Nacional del Ecuador, Pablo Dávila, señaló que estas zonas son clave para las operaciones del crimen organizado, por lo que requieren medidas urgentes de control. El Ejecutivo tampoco descarta que la medida pueda ampliarse a otras provincias, como Manabí, si la situación de seguridad lo exige.

Quiénes sí podrán circular

A pesar de la restricción, el decreto contempla excepciones para sectores esenciales. Podrán movilizarse durante el toque de queda:

  • Servicios de salud

Personal y vehículos de la Red Pública Integral de Salud.

Personal de la red privada complementaria.

  • Fuerza pública

Miembros de las Fuerzas Armadas.

Agentes de la Policía Nacional.

  • Seguridad complementaria

Entidades dedicadas a la seguridad ciudadana y gestión de riesgos.

  • Atención de emergencias

Personal y unidades destinadas a la atención de emergencias o desastres.

  • Operativos por la época invernal
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Personal y vehículos que participen en acciones para enfrentar los efectos de las lluvias, coordinadas por la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos. Las personas que formen parte de estos sectores deberán presentar documentos o credenciales que acrediten su función ante las autoridades de control.

Sanciones por incumplir el toque de queda

Las autoridades advirtieron que quienes circulen durante el horario restringido sin estar dentro de las excepciones podrían enfrentar sanciones penales.

El Código Orgánico Integral Penal establece que el incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente puede castigarse con penas de hasta tres años de prisión.

Además, si una persona intenta evadir controles o se resiste a la autoridad durante el toque de queda, las fuerzas de seguridad podrán intervenir para neutralizar la situación.

Con esta medida, el Gobierno busca reducir la violencia en zonas clave del país mientras refuerza los operativos de seguridad en los territorios con mayor presencia de organizaciones criminales.

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