
TCE suspende a la Revolución Ciudadana por 9 meses tras denuncia de Fiscalía
El Ministerio Público investiga a integrantes del movimiento correísta dentro del caso denominado Caja Chica
El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) dispuso la suspensión provisional del movimiento político Revolución Ciudadana por un plazo de nueve meses del registro de organizaciones políticas del Consejo Nacional Electoral (CNE), dentro de una causa abierta tras un pedido de la Fiscalía General del Estado relacionado con una investigación por presunto lavado de activos.
La decisión consta en el auto de admisión de la causa N.º 029-2026-TCE, emitido este 6 de marzo de 2026 por el juez electoral Joaquín Viteri. El documento señala que la medida se adopta como parte del trámite iniciado a partir de la comunicación enviada por el fiscal general del Estado encargado, Carlos Leonardo Alarcón.
Según el expediente, la Fiscalía informó al tribunal sobre la existencia de la investigación previa que se desarrolla por el presunto delito de delincuencia organizada con fines de lavado de activos y que, supuestamente, involucraría al movimiento político Revolución Ciudadana, lista 5, así como a sus directivos y otros ciudadanos. El caso ha sido denominado como Caja Chica por el Ministerio Público.
El pedido fiscal se ampara en el artículo 374 numeral 3 del Código de la Democracia, norma que establece que el tribunal electoral puede sancionar a organizaciones políticas cuando el fiscal general informe sobre una investigación por lavado de activos que involucre directamente a una organización política.
Tras analizar la solicitud, el juez electoral resolvió admitir a trámite la denuncia presentada por la Fiscalía y ordenar, como medida provisional, la suspensión temporal del movimiento en el registro permanente de organizaciones políticas que administra el Consejo Nacional Electoral (CNE).
Revolución Ciudadana, suspendida por 9 meses
El auto precisa que la suspensión tendrá una duración inicial de nueve meses, aunque el Código de la Democracia permite que este tipo de sanciones alcance hasta un máximo de 24 meses, dependiendo de la gravedad del caso y del desarrollo del proceso.
El tribunal también dejó establecido que la medida es temporal y revisable, y que podría levantarse de manera inmediata si cambian las circunstancias que motivaron el pedido fiscal.
Entre esos escenarios se incluye que la Fiscalía retire su solicitud o que la investigación previa sea archivada o concluya.
El juez electoral dictaminó que, mientras dure la medida, la Fiscalía debe informar sobre el estado de la investigación cada 30 días, "o antes si existiere novedad sustancial sobre el delito investigado".
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