
TCE desestima denuncia contra Luisa González por presunta infracción electoral
La jueza Ivonne Coloma del Tribunal Contencioso Electoral declaró prescrita una denuncia contra Luisa González
La presidenta del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), Ivonne Coloma, resolvió desestimar una denuncia presentada contra Luisa González, presidenta saliente de la Revolución Ciudadana, por una presunta infracción electoral. La magistrada concluyó el jueves 5 de marzo que la causa había prescrito, pues la denuncia se presentó fuera del plazo legal de dos años establecido en el Código de la Democracia.
El expediente también involucraba a Maryuri Karina Zambrano Villaprado, responsable del manejo económico del movimiento, a Francisco Alejandro Hidalgo Franco, jefe de campaña, y a 30 candidatos principales y suplentes a la Asamblea Nacional. La jueza ordenó remitir copias del proceso a la Contraloría y a la Fiscalía para que se investigue quiénes permitieron que la causa prescribiera.
Posibilidad de apelación
Aunque la resolución de Coloma es de primera instancia, el Consejo Nacional Electoral (CNE) aún puede apelar ante el Pleno del TCE. En ese escenario, el fallo podría confirmarse o revertirse. Si se ratifica, el CNE deberá determinar responsabilidades internas y remitir la información a los organismos de control.
El Código de la Democracia contempla sanciones que van desde multas de 20 a 70 salarios básicos unificados hasta la suspensión de derechos políticos por un período de dos a cuatro años. Los candidatos denunciados deben responder de manera solidaria según el nivel de responsabilidad que se determine en cada caso.
Denuncias contra el correísmo
La denuncia desestimada forma parte de una serie de procesos abiertos contra la Revolución Ciudadana por supuestas irregularidades en el financiamiento de la campaña de las elecciones presidenciales y legislativas anticipadas de 2023. El CNE ha señalado inconsistencias en los informes financieros, especialmente en la falta de sustentos sobre aportes privados.
El 31 de diciembre de 2025, el Pleno del TCE negó un recurso de apelación presentado por González y Zambrano en otro proceso similar, relacionado con la causa Nro. 561-2025-TCE. En ese fallo, el tribunal consideró que se había garantizado el derecho a la defensa y la seguridad jurídica.
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