
Recapturan a colombiano deportado que fue sentenciado por tráfico de drogas en mayo
Julian Dussan fue deportado cuando cump´lía su pena. Ahora enfrenta un nuevo proceso por incumplir decisiones legítimas
Un ciudadano colombiano que había sido deportado del Ecuador en julio pasado fue recapturado este miércoles 6 de agosto en el Centro Histórico de Quito, durante un operativo de control migratorio ejecutado por la Policía Nacional.
Se trata de Julian David Dussan Loiaza, quien fue identificado en la Plaza del Teatro, en el Distrito Manuela Sáenz, luego de negarse a presentar documentos válidos ante los agentes de la Unidad Zonal de Policía de Migración. Al verificar su nombre en el sistema SIMIEC, se confirmó que había sido deportado mediante resolución administrativa firmada por Antonio Félix, funcionario de control migratorio.
Según el sistema judicial ecuatoriano, Dussan fue detenido el 16 de enero de 2025 en la parroquia Llano Chico, norte de Quito. En su poder tenía 8,3 gramos de base de cocaína y 269,8 gramos de marihuana. En mayo pasado fue sentenciado a un año y ocho meses de prisión, tras acogerse a un procedimiento abreviado por el delito de tráfico de drogas.
Cumplía su condena en el Centro de Privación de Libertad Masculino Pichincha N.º 1, pero fue uno de los extranjeros deportados en julio pasado, tras el anuncio del ministro del Gobierno, John Reimberg, de aplicar el artículo 61.1 del Código Orgánico Integral Penal. Esta norma autoriza la deportación inmediata de personas extranjeras privadas de libertad, sin necesidad de sentencia ejecutoriada, cuando el país se encuentra bajo declaración de conflicto armado interno y con la condición de no volver en 40 años.
A ÓRDENES DE LA JUSTICIA
— Policía Ecuador Quito - Zona 9 (@PoliciaEcZona9) August 7, 2025
Durante operativos de control migratorio en el Centro Histórico, #UIO, logramos la detención de un ciudadano por el delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente.
-El ciudadano había sido deportado días atrás.#PolicíaEcuador pic.twitter.com/tibqtAAzjL
La base legal es el conflicto armado interno
El artículo 61.1 del COIP indica que la "deportación será aplicable en cualquier delito sancionado con pena privativa de libertad y no se requerirá sentencia condenatoria ejecutoriada o que se haya cumplido parcial o totalmente; sin embargo, será necesario que al menos se encuentre dictada la prisión preventiva”.
Aunque el Gobierno señaló que se trataba de personas por terminar su condena, en realidad, el requisito aplicado fue únicamente la existencia de prisión preventiva. La Fiscalía informó el 1 de agosto que otro colombiano, acusado de transportar 200 kilos de cocaína, tampoco fue juzgado porque fue deportado bajo el mismo procedimiento.
En el caso de Dussan, su reingreso al país antes del plazo permitido por ley constituye el presunto delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente, sancionado con uno a tres años de prisión, según el Código Penal. Este 8 de agosto, un juez dictó prisión preventiva en su contra y quedó a órdenes de las autoridades judiciales.
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