
Prefecto del Azuay es sancionado por el TCE
Juan Cristóbal Lloret Valdivieso deberá pagar diez salarios básicos al Consejo Nacional Electoral
El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) sancionó a Juan Cristóbal Lloret Valdivieso, prefecto del Azuay por el cometimiento de una infracción electoral grave; la cual está tipificada en el numeral 3 del artículo 278 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia. El fallo fue emitido el lunes 22 de septiembre.
Juan Estaban Guarderas Cisneros fue quien presentó la denuncia, el 23 de junio de 2025. Él indicó al TCE que Lloret, quien llegó al cargo por el movimiento Revolución Ciudadana, el 15 de mayo de 2023, hizo actividad propagandística a favor del binomio correísta de Luisa González y Andrés Arauz.
Las promociones fueron realizadas en las cuentas personales del prefecto en Facebook, el 30 de julio, el 15 de agosto y el 10 de octubre de 2023. En esas ocasiones, Lloret difundió fotografías y videos en alusión al entonces binomio presidencial.
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¿Qué dijo el Tribunal Contencioso Electoral?
Para el TCE “ello revela que el denunciado actuó voluntaria y conscientemente para influir en la voluntad del electorado, incumpliendo el deber constitucional de neutralidad y el principio de igualdad en la contienda electoral”, se lee en la sentencia. Además, “la participación del denunciado no se limita a publicar mensajes con fotografías en su red social Facebook, sino que, también interviene en forma directa, abierta y pública durante el acto de cierre de campaña electoral en el cual invoca su calidad de prefecto del Azuay y solicita el voto a favor de los candidatos del movimiento político al que dice pertenecer”.
Por lo que, “el análisis probatorio permite concluir que el perjuicio alegado -esto es, la afectación al principio de igualdad en la contienda electoral- proviene de los actos del ingeniero Juan Cristóbal Lloret Valdivieso, prefecto del Azuay, quien intervino activa y públicamente en la campaña electoral a favor del binomio presidencial de la Revolución Ciudadana”.
¿Cuál es la sanción?
Ante esto, el TCE dispuso que Lloret sea sancionado con una multa equivalente a 10 salarios básicos unificados, es decir, $ 4.700. Este valor, deberá depositado dentro de los siguientes 60 días después de ejecutoriada la presente sentencia, en la cuenta Maltas del Consejo Nacional Electoral, conforme dispone el artículo 299 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia, indica la sentencia de la causa Nro. 490-2025-TCE.
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En el fallo se detalla que antes de la reforma al Código de la Democracia, la multa era de 11 a 20 salarios básicos unificados y suspensión de derechos de seis meses hasta dos años. Ahora, la sanción pecuniaria es de seis a 10 salarios básicos unificados y la suspensión de derechos de participación hasta de seis meses.
Pero al prefecto del Azuay no le suspendieron sus derechos, de acuerdo con lo que sentencia el fallo.
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