EDIFICIO FISCALIA GENERAL DEL ESTADO
El fiscal general del Estado tiene un periodo de seis años en Ecuador.ARCHIVO EXPRESO

Postulaciones abiertas para fiscal general en Ecuador: los requisitos y plazos clave

Revise la documentación obligatoria, prohibiciones e inhabilidades para postularse para fiscal general del Estado

Desde este miércoles 18 de febrero de 2026 se abren las postulaciones para fiscal general del Estado, uno de los cargos clave de la Función Judicial en Ecuador. El concurso público de méritos y oposición es organizado por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS).

La convocatoria al concurso para fiscal general fue aprobada por la mayoría del Pleno del CPCCS el jueves 12 de febrero de 2026 y define los requisitos, pasos y plazos para participar en el proceso que designará a la máxima autoridad de la Fiscalía General del Estado.

Esta es la primera de las cinco etapas contempladas en el concurso para fiscal general del Estado. Las  etapas del concurso son:

  • Fase de convocatoria y postulación
  • Fase de admisibilidad y reconsideración
  • Fase de calificación de méritos y recalificación
  • Fase de escrutinio público e impugnación ciudadana
  • Fase de oposición y recalificación

¿Hasta cuándo estarán abiertas las postulaciones para fiscal general en Ecuador?

Las postulaciones para fiscal general del Estado en Ecuador estarán abiertas desde este miércoles 18 de febrero de 2026 hasta el martes 3 de marzo de 2026, según la convocatoria aprobada por el Pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS).

De acuerdo con el CPCCS, la documentación de las postulaciones se recibirán de manera física de 08:30 a 17:00 para el territorio nacional, en la misma hora dentro del huso horario correspondiente en el exterior y en la provincia de Galápagos. El último día se recibirán las postulaciones hasta las 24:00, en los siguientes lugares:

  • Oficinas del CPCCS en Quito: Avenida Amazonas N35-181 y Japón
  • Delegaciones provinciales del CPCCS a nivel nacional
  • Embajadas y Consulados del Ecuador en el exterior

¿Cuáles son los requisitos para postular para fiscal general en Ecuador?

De acuerdo con la convocatoria aprobada por el Pleno del CPCCS, los requisitos para postular para fiscal general en Ecuador son tres:

  1. Ser ecuatoriana o ecuatoriano y estar en goce de los derechos políticos
  2. Tener título de tercer nivel en Derecho legalmente reconocido en el país y conocimientos en gestión administrativa
  3. Haber ejercido con idoneidad y probidad notorias la profesión de abogada o abogado, la judicatura o la docencia universitaria en materia penal por un lapso mínimo de diez años
COMISION CONCURSO FISCAL GENERAL
Cynthia Jacho, presidenta de la Comisión Ciudadana, fue una de las postulantes a comisionada con menor puntaje durante el proceso de conformación.KARINA DEFAS/EXPRESO

¿Qué documentos se necesitan para postular para fiscal general en Ecuador?

Además de los requisitos mínimos, el reglamento del concurso señala la obligatoriedad de 22 documentos para postular para fiscal general del Estado. Estos deberán cumplir con los formatos exigidos por el CPCCS para ser procesados y calificados. Los documentos son:

  1. Formulario único de postulación
  2. Hoja de vida (consulte el formato dando click aquí)
  3. Declaración de consentimiento de tratamiento de los datos personales del postulante (consulte el formato dando click aquí)
  4. Formulario de declaración de conflicto de intereses (consulte el formato dando click aquí)
  5. Copia notariada a color de la cédula de identidad y certificado de votación del último proceso electoral
  6. Copia notariada del título de tercer y/o cuarto nivel y el certificado de registro emitido por la Senescyt
  7. Certificado de no tener deudas tributarias en firme pendientes con el Servicio de Rentas Internas (SRI); emitido con un tiempo no mayor a quince días antes de la postulación
  8. Certificados de no tener obligaciones en mora con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) como empleador o prestatario, emitido con un tiempo no mayor a quince días antes de la postulación
  9. Certificado de responsabilidades y cauciones, otorgado por la Contraloría General del Estado; emitido con un tiempo no mayor a quince días antes de la postulación
  10. Certificado de no estar impedido para ocupar cargo público, emitido por el Ministerio del Trabajo, con un tiempo no mayor a veinte y cuatro horas antes de la postulación
  11. Certificado de no haber ejercido una dignidad de elección popular o haber sido miembro de la directiva de un partido o movimiento político en los cinco años anteriores a la convocatoria al presente concurso otorgado por el Consejo Nacional Electoral (CNE)
  12. Certificado de no mantener contratos vigentes con el Estado otorgado por el Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP); emitido con un tiempo no mayor a quince días antes de la postulación
  13. Certificado conferido por el Tribunal Contencioso Electoral de no tener sentencia ejecutoriada por alguna infracción tipificada en la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador -Código de la Democracia-, sancionada con la suspensión de derechos políticos y de participación mientras esta subsista; emitido con un tiempo no mayor a quince días antes de la postulación
  14. Certificado de apoliticismo conferido por el Consejo Nacional Electoral de su ciudad de residencia; emitido con un tiempo no mayor a quince días antes de la postulación;
  15. Certificado de no estar registrado en la Base de Datos de la UAFE; Certificado de homónimo con personas registradas en la Base de Datos de la UAFE
  16. Certificado de información judicial individual emitido por el Consejo de la Judicatura
  17. Certificaciones que acrediten su experiencia laboral o profesional con o sin relación de dependencia
  18. Certificado de tiempo de servicio por empleador e historial laboral emitido por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS)
  19. Certificados de capacitación recibida o impartida de los últimos cinco años
  20. Certificado de no haber sido sancionado disciplinariamente por el Consejo de la Judicatura por una de las infracciones administrativas que merecen la sanción de destitución y de no encontrarse suspendido en el ejercicio de la profesión, de conformidad con el artículo 77, numerales 4 y 7 del Código Orgánico de la Función Judicial. El certificado será emitido con un tiempo no mayor a quince días antes de la postulación
  21. Declaración juramentada otorgada ante un Notario Público respecto a no estar incurso en ninguna de las prohibiciones e inhabilidades establecidas en la Constitución, la ley y el presente reglamento, con base al formato único establecido por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social
  22. La demás documentación que el postulante considere necesario para justificar el cumplimiento de requisitos de justificación y acciones afirmativas
La Revolución Ciudadana presentó una acción de inconstitucionalidad contra la designación de Carlos Alarcón como fiscal subrogante.
Carlos Alarcón es el actual fiscal general del Estado subrogante de Ecuador, tras la renuncia de Wilson Toainga, quien reemplazó a Diana Salazar.Cortesía

Las prohibiciones e inhabilidades para postular para fiscal general en Ecuador

El camino hacia la Fiscalía no es accesible para todos. Existen 21 prohibiciones que cierran la puerta a los postulantes que, por historial o vínculos, no cumplen con los criterios de integridad requeridos. Entre ellas se incluyen:

  1. Se halle incurso en las inhabilidades establecidas en el artículo 77 del Código Orgánico de la Función Judicial
  2. Posea, a título personal o a través de su cónyuge, bienes, capitales, inversiones, fondos, acciones, participaciones de cualquier naturaleza en paraísos fiscales
  3. Sea cónyuge, tenga unión de hecho o sea familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad del presidente o vicepresidente de la República, ministros de Estado, de los asambleístas, vocales del Consejo de la Judicatura, Fiscal General del Estado saliente, defensor público, consejeros del Consejo Nacional Electoral, jueces del Tribunal Contencioso Electoral, jueces de la Corte Constitucional, jueces de la Corte Nacional de Justicia, y exmiembros de la Función de Transparencia
  4. Hubiese sido condenado o condenada por sentencia ejecutoriada a pena privativa de libertad, por delitos de violencia contra la mujer y otros, mientras ésta subsista
  5. Tenga contrato con el Estado, como persona natural, socio o socia, representante, apoderado o apoderada de personas jurídicas, nacionales o extranjeras, celebrado para la adquisición de bienes, ejecución de obras públicas, prestación de servicios públicos sin relación de dependencia o explotación de recursos naturales, mediante concesión, asociación o cualquier otra modalidad contractual
  6. Se hallare en interdicción judicial, mientras esta subsista, salvo el caso de insolvencia o quiebra que no haya sido declarada fraudulenta
  7. Tenga sentencia ejecutoriada del Tribunal Contencioso Electoral por alguna infracción tipificada en la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador —Código de la Democracia—, sancionada con la suspensión de los derechos políticos y de participación, mientras ésta subsista
  8. No haya cumplido las medidas de rehabilitación resueltas por autoridad competente, en caso de haber sido sancionado o sancionada por violencia intrafamiliar o de género
  9. Haya ejercido autoridad ejecutiva en gobiernos de facto
  10. Haya sido sancionado o sancionada por delitos de lesa humanidad
  11. Tenga obligaciones en mora con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) como empleador o prestatario
  12. Tenga obligaciones tributarias con deuda en firme con el Servicio de Rentas Internas (SRI)
  13. Tenga obligaciones pendientes de pago con el sector público, sin fórmula de arreglo o compensación y que no esté pendiente de resolución judicial
  14. Sea miembro de las Fuerzas Armadas, de la Policía Nacional en servicio activo, o representante de cultos religiosos
  15. Tengan dos o más de dos pensiones alimenticias vencidas y que se reflejen en el Sistema Único de Pensiones Alimenticias (SUPA)
  16. Sea cónyuge, tenga unión de hecho, o sea pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de las Consejeras o Consejeros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social y/o de las y los miembros de la Comisión Ciudadana de Selección
  17. Haya sido sancionado o sancionada con destitución por responsabilidad administrativa en firme o tenga sanción en firme por responsabilidad civil o penal en el ejercicio de funciones públicas, sin que se encuentre rehabilitado o rehabilitada
  18. Haya sido sancionado o sancionada con destitución por responsabilidad administrativa en firme o tenga sanción en firme por responsabilidad civil o penal en el ejercicio de funciones públicas, sin que se encuentre rehabilitado o rehabilitada
  19. Se encuentre en condición de procesado, llamado a juicio o condenado por los siguientes tipos penales: peculado, cohecho, concusión, enriquecimiento ilícito, terrorismo, genocidio, etnocidio, exterminio, esclavitud, deportación o traslado forzoso de población, desaparición forzada, ejecución extrajudicial, persecución, apartheid, delitos de lesa humanidad, trata de personas, tráfico de órganos, turismo para la extracción, tratamiento ilegal o comercio de órganos, explotación sexual de personas, prostitución forzada, turismo sexual, pornografía con utilización de niñas, niños o adolescentes; comercialización de pornografía con utilización de niñas, niños o adolescentes; sicariato, secuestro, secuestro extorsivo, extorsión, tráfico ilícito de migrantes, producción ilícita de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización (alta escala), tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización (gran escala), organización o financiamiento para la producción o tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, actividad ilícita de recursos mineros, almacenamiento, transporte, envasado, comercialización o distribución ilegal de hidrocarburos en las provincias fronterizas, puertos marítimos o fluviales o mar territorial, sustracción de hidrocarburos, espionaje, tráfico ilícito de armas de fuego, armas químicas, nucleares o biológicas; terrorismo, financiación del terrorismo, delincuencia organizada. Se incorporarán los delitos contra la administración pública y los relacionados con corrupción y crimen organizado que, posterior a la entrada en vigencia del presente reglamento y durante su ejecución, se tipifiquen en la legislación ecuatoriana
  20. Haber sido sancionado con sentencia condenatoria ejecutoriada por cualquier tipo penal de los tipificados en el Código Orgánico Integral Penal
  21. Las demás prescritas en la Constitución y la ley

Fiscal general del Estado, un cargo clave en la Función Judicial de Ecuador

El fiscal general es el titular y máxima autoridad de la Fiscalía General del Estado, un órgano autónomo de la Función Judicial, técnica y administrativamente independiente, responsable de dirigir la investigación preprocesal y procesal penal.

Según la Constitución de 2008 de Ecuador, el fiscal general del Estado tiene un periodo de seis años y será designado a través de un concurso público de méritos y oposición con veeduría e impugnación ciudadana a cargo del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS).

Carlos Alarcón es el actual fiscal general del Estado subrogante, tras la renuncia de Wilson Toainga, quien reemplazó a Diana Salazar luego de que concluyera su período al frente de la Fiscalía.

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