
¿Cuándo y cómo se pagará el décimo tercer sueldo en Ecuador 2025?
Sector público pertenecientes a la Función Ejecutiva deberán cancelar hasta el 14 de noviembre de 2025
El Ministerio del Trabajo define el calendario y las reglas para el pago del bono navideño y la décima tercera remuneración en Ecuador 2025. Mediante el Acuerdo Ministerial MDT-2025-164, se establecieron los lineamientos que aplican tanto para servidores públicos como para trabajadores del sector privado.
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¿Cuál es la fecha límite para el pago?
- Sector público (Función Ejecutiva): El pago completo debe realizarse hasta el 14 de noviembre de 2025.
- Servidores con salario mensual: Recibirán hasta esa misma fecha los valores correspondientes a noviembre y diciembre.
- Sector privado: Las empresas y empleadores deberán cancelar la décima tercera remuneración o bono navideño antes del 24 de diciembre, según la normativa laboral vigente.

¿Qué pasa con las entidades públicas que no pertenecen a la Función Ejecutiva?
Las instituciones públicas que no forman parte de la Función Ejecutiva podrán realizar el desembolso conforme a lo estipulado en el acuerdo y sujeto a disponibilidad presupuestaria. En el caso del sector privado, las personas naturales y jurídicas están obligadas a cumplir con el pago de la décima tercera remuneración o bono navideño antes del 24 de diciembre, según lo establece la normativa laboral vigente.
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Este beneficio, que representa un ingreso adicional para los trabajadores, busca aliviar la carga económica en la temporada festiva y garantizar el cumplimiento de derechos laborales en condiciones transparentes y justas.
Según el Ministerio de Trabajo, al menos 22 empresas privadas se han acogido, hasta el momento, a esta iniciativa, luego de la segunda exhortación que hiciera el pasado 22 de octubre, el primer Mandatario, Daniel Noboa, a los bancos.
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