Madre guayaquileña accedió a la eutanasia; sufría insoportables dolores
La abogada Daniela Castro contó que usaron el protocolo europeo, para que la espera de la paciente no sea más larga
En agosto del 2024, María (nombre protegido) buscó la asesoría de la abogada Daniela Castro. Es decir, seis meses después de conocer la historia de Paola Roldán, quien logró que la Corte Constitucional despenalizara la eutanasia en Ecuador. La mujer guayaquileña siguió la historia de la quiteña, que falleció en marzo del año pasado y encontró una opción para calmar el dolor que padecía.
La familia de María, quien accedió a la eutanasia el jueves 8 de mayo del 2025, pidió que el caso se maneje con la mayor reserva posible. Por lo que únicamente se conoce que la mujer, de Guayaquil, tenía 48 años. Era una madre que sufrió "insoportables dolores" como paciente oncológica. Se sabe que enfrentó cáncer de mama, uno de los más comunes en Ecuador. Y metástasis.
En entrevista con EXPRESO, la abogada Daniela Castro relató que en agosto 2024, María y su familia la contactaron para conocer detalles sobre el procedimiento para acceder a la eutanasia en el país y los requisitos. En esa ocasión, ella y su equipo conformado por Anderson Terán y Rossmery Quito, les informaron que el Ministerio de Salud Pública emitió un reglamento al respecto.
Además, en esa ocasión, le entregaron un listado de los requisitos que debía cumplir. Y en diciembre María les confirmó que quería iniciar con el proceso. Por lo que empezaron con el trámite legal, ante las autoridades de Salud.
¿Cómo se concretó la eutanasia?
En total, Daniela Castro señala que el proceso duró alrededor de seis meses. En teoría, dice, debía durar menos pero hacían falta algunos lineamientos y protocolos. "Nuestro trabajo consistió en descifrar cómo esta posibilidad se aplicaba en la realidad", recordó la abogada. María estaba afiliada al IESS, por lo que los trámites se hicieron ante esas instancias.
El IESS conformó un comité de médicos, que tuvo que resolver sobre la aplicación de la eutanasia activa y voluntaria. Ellos revisan el caso, el diagnóstico definitivo. Sin embargo, la abogada Castro comentó que al ser el primer caso de aplicación real de la eutanasia en el país no estaban listos los protocolos. Por lo que usaron un protocolo médico europeo.
"Una mujer valiente"
La abogada Castro reitera que María era una mujer valiente, que padeció una enfermedad incurable, por lo que ningún tratamiento tenía un efecto en ella. "Convivía con un dolor inhumano, insoportable. Por lo que consciente de que podía acceder a la eutanasia, buscó la posibilidad. Me enseñó sobre la perseverancia".
Lo que cambió Paola Roldán
Los abogados Farith Simon y Ramiro Ávila estuvieron con Paola Roldán. Lograron que la Corte Constitucional en febrero del 2024 declare: la constitucionalidad condicionada del artículo 144 del COIP, que tipifica el delito de homicidio.
También que en el Código de Ética Médica se señale que el médico desde que es llamado para atender a un enfermo, se hace responsable de proporcionarle cuidados para que recupere su salud. Su responsabilidad es conservar la vida del enfermo, salvo los casos en los que el médico ejecute la conducta tipificada en el artículo 144 del COIP, si el paciente pide un procedimiento de eutanasia activa, por el padecimiento de intenso sufrimiento proveniente de una enfermedad incurable y grave y una lesión corporal irreversible.