Paola Roldán, quién logró la despenalización de la eutanasia, murió este 11 de marzo por complicaciones en su salud.
Paola Roldán, quién logró la despenalización de la eutanasia, murió este 11 de marzo por complicaciones en su salud.Canva

Murió Paola Roldán, la mujer que logró despenalizar la eutanasia en Ecuador

La causa de su muerte fue por complicaciones en su salud

Paola Roldán, la mujer que con su incansable lucha logró despenalizar la eutanasia en Ecuador, murió este 11 de marzo de 2024 por complicaciones en su salud. Así lo confirmó a este Diario Farith Simon, su abogado.

Roldán, una mujer de 42 años que padecía esclerosis lateral amiotrófica (ELA), logró que se legalice la eutanasia en Ecuador con la histórica sentencia emitida el miércoles 7 de febrero pasado por la Corte Constitucional, que falló a favor de su demanda y reconoció su derecho para tener acceso a una muerte digna.

La noticia de su fallecimiento también fue dada a través de su cuenta de Instagram, en donde, con un comunicado, se dio a conocer también que se iniciará un proyecto de ayuda para pacientes con ELA.

"Queremos expresar nuestro profundo agradecimiento a todo el país por el apoyo abrumador que brindaron a la causa de Paola", escribió la familia en un comunicado que enaltece el legado de Paola Roldán.

En su sentencia, el máximo tribunal de garantías no admitió la inconstitucionalidad del artículo 144 del código penal de Ecuador que castiga con penas de entre diez y trece años de cárcel a la "persona que mate a otra", como demanda Roldán, y aprobó su "constitucionalidad condicionada".

Paola Roldán

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Bajo esta fórmula, con siete votos a favor de sus nueve magistrados, la Corte determinó que dicho artículo será constitucional siempre que un médico acceda al pedido de eutanasia activa de un paciente de manera libre, informada e inequívoca, a causa del un padecimiento de intenso sufrimiento proveniente de una lesión corporal grave e irreversible o de una enfermedad grave e incurable. 

El fallo del tribunal declaró también la "constitucionalidad aditiva" del artículo 6 del Código de Ética Médica, de modo que faculta a un médico para realizar el procedimiento de eutanasia dentro de las condiciones contempladas por la misma Corte para que no sea sancionado por homicidio.

En ese sentido, declaró inconstitucional artículo 90 del Código de Ética Médica, que queda desde ahora fuera del ordenamiento jurídico de Ecuador y que decía que "el médico no está autorizado para abreviar la vida del enfermo" y que "su misión fundamental frente a una enfermedad incurable será aliviada mediante los recursos terapéuticos del caso".

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