
GRANASA: "La Superintendencia pretende que el representante legal cometa un delito"
Esta es la respuesta a la Superintendencia de Compañías que pide revertir el 40 % de acciones a una empresa en liquidación
Gráficos Nacionales S.A., GRANASA, respondió hoy, 5 de enero del 2026, al oficio SCVS-INC-DNASD-2025-00223595-O del 29 de diciembre del 2025 en el que informa a la empresa que no encontró la "trazabilidad" del traspaso de acciones de la empresa Veranera, en proceso de liquidación, a Ingrid Martínez Leisker, por lo que le dispone regresar esas acciones en posesión de Martínez a Veranera.
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En la respuesta, firmada por Eduardo Carmigniani, procurador judicial de GRANASA, concluye que el oficio de la Superintendencia "pretende que el representante legal de Granasa no solo viole la ley sino que delinca". El jurista explica que el libro de accionistas de una empresa es el "único instrumento que acredita la propiedad de las acciones de una compañía anónima", tal como lo establece el artículo 187 de la Ley de Compañías. El Registro de Sociedades de la Superintendencia, que es para fines meramentes informativos o estadístico, debe constar la información previamente plasmada en el libro de acciones v accionistas, y no a la inversa como ha sucedido en este caso.
En otras palabras, la Superintendencia cambió su registro e informó a GRANASA de esa modificación, pretendiendo que el representante legal de la empresa haga lo mismo, lo que a criterio del procurador judicial es un pedido a que se viole la ley.
Carmigniani: "Su oficio es radicalmente nulo, por absolutamente inmotivado"
El procurador judicial de GRANASA explica que el oficio de la Superintendencia es nulo por inmotivado. Detalla que el oficio no proporciona ninguna explicación sobre "el concepto inentendible de la "trazabilidad de las transferencia de acciones (que no se habría podido determinar según el Informe de Control)". No solo eso, dicho informe de control que motiva el pedido de la Superintendencia, "no ha sido puesto en conocimiento de Granasa, a esta le resulta imposible conocer qué argumentos -si alguno- pueden haber sido usados para concluir y recomendar que se "reverse" dicha transferencia".
Carmigniani explica también que el oficio de la Superintendencia incumple todas las exigencias expresadas en el artículo 100 del Código Orgánico Administrativo (COA) sobre la motivación de un acto. El oficio no recoge, a criterio del jurista, el señalamiento de la norma jurídica que sostiene el pedido, ni la calificación de los hechos relevantes, ni una explicación de la pertinencia del régimen jurídico invocado en relación con los hechos determinados.
El oficio también es nulo, según explica Cargminiani, por ser contrario a la ley y pretender una actuación imposible. "Lo primero, porque pretende que el representante legal de Granasa cometa un delito: que adultere el libro de acciones y accionistas, despojando a Ingrid Martínez Leisker de sus derechos como titular del 40 % del capital social... Y Io segundo, porque la actuación imposible a la que se refiere el art 105, 5 del COA no solo es la física, sino también la moral".
Antecedentes del caso
Seis años atrás, la empresa Veranera, de propiedad de Ingrid Martínez Leisker, traspasa el 40 % de las acciones de GRANASA a la misma Ingrid Martínez. Veranera entra en proceso de liquidación. Ahora, la Superintendencia de Compañías no encuentra la supuesta trazabilidad de esa transferencia de acciones y dispone al representante legal de GRANASA regresar ese 40 % de acciones a Veranera, que ya cuenta con un nuevo liquidador nombrado por la Superintendencia de Compañías.
Esto, a criterio de la empresa, es un intento más de doblegar la línea editorial de la casa editorial de los diarios EXPRESO y EXTRA. "Esto es insólito. Se trata de un no disimulado intento de inmiscuirse en la línea editorial de Granasa, editora de los diarios Expreso y Extra, tratando de afectar intolerablemente no solo la propiedad privada sino también la libertad de prensa", recoge Carmigniani en la respuesta a la Superintendencia de Compañías.
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