
El correísmo sumó demanda de inconstitucionalidad contra Ley del BIESS
La agrupación política se opuso a la aprobación del proyecto económico urgente que fue enviado por el Ejecutivo
El correísmo demandó la inconstitucionalidad de la Ley de Fortalecimiento Crediticio conocida como Ley del Biess que fue aprobada en la Asamblea y sancionada por el presidente Daniel Noboa para su vigencia en el Registro Oficial.
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Durante el tratamiento de esa normativa, el bloque de la Revolución Ciudadana acusó al oficialismo de intentar privatizar la seguridad social.
EXPRESO pudo conocer que 13 asambleístas de la bancada correísta presentaron ese recurso ante la Corte Constitucional este 14 de octubre de 2025. Esto en el marco de otras demandas similares que enfrenta la normativa que fue enviada con carácter de económico urgente por parte del Ejecutivo.
El principal argumento en contra de la ley tiene que ver con la posibilidad de que el BIESS venda la cartera vencida para su cobro a entidades privadas.
El asambleísta de la RC Blasco Luna, había anunciado este martes que la demanda sería presentada. Esto en medio de la discusión sobre el futuro de la última ley urgente del Gobierno Nacional sobre las donaciones a la Policía y las Fuerzas Armadas.
El pasado 26 de septiembre de 2025, la ley fue aprobada en el Pleno de la Asamblea con le mínimo de votos requerido; es decir, 77 voluntades que logró juntar el oficialismo.
Esta demanda se suma a otra presentada por la abogada Patricia Elizabeth Borja Laverde, en calidad de afiliada del IESS. El Frente Nuevo IESS también presentó un recurso similar.
¿Qué plantea la normativa?
Entre otras cosas, la ley también permite realizar operaciones de reporto y gestionar y/o aceptar créditos con entidades financieras nacionales o extranjeras. Para instrumentar estas operaciones, el Biess podrá utilizar y/o pignorar parte del portafolio de inversiones que administra.

Además se puede ejecutar la venta de cartera vencida hipotecaria, prendaria o quirografaria. Así también está abierta la posibilidad de liquidar negocios fiduciarios que no hayan cumplido su objeto, con el fin de recuperar el capital invertido o parte de este.
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