Imagen conceptual sobre proyección de gastos
El trámite debe realizarse hasta este 28 de febrero.Archivo / Expreso

¿Qué pasa si un trabajador no presenta la proyección de gastos para pago de impuesto?

Hasta este mes, los trabajadores bajo relación de dependencia deberán completar el trámite 

Hasta este mes, los trabajadores bajo relación de dependencia tienen la oportunidad de presentar su proyección de gastos personales, para amortiguar el pago del Impuesto a la Renta (IR). Sin embargo, de no hacerlo, en el plazo correspondiente, esto podría tener consecuencias financieras para los contribuyentes que perciben ingresos de una empresa y que están sujetos a las retenciones de este impuesto.  

¿Quiénes deben presentar la proyección de gastos?

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El trámite, que debe ser presentado por todos los trabajadores que perciben más de $ 1.017 al mes, permite a la empresa hacer un cálculo de los anticipos que, por este tributo, deberá descontar al trabajador a lo largo de este año.  Por lo tanto, la proyección le permitirá evitar que pague más de lo que debe o que  la compañía donde trabaja le descuente en su rol de pago, cantidades que no debería. 

Además de los trabajadores en relación de dependencia, esta obligación aplica para los trabajadores  independientes, profesionales, artesanos y contribuyentes del régimen Rimpe. 

Si gana más de $ 1.017 al mes o 12.208 dólares anuales, el pago del IR se aplica según porcentajes progresivos que inician en el 5% y alcanzan un máximo del 37% para ingresos que excedan los $ 109.956.

¿Cómo calcular la proyección de gastos?

Sobre el impuesto causado, usted podrá descontar directamente los gastos personales parar reducir el monto final a pagar. Jackeline Coba, experta contable, recuerda que estos valores deben establecerse mediante la proyección que deberá entregar a su empleador, hasta este 28 de febrero.

Lo que define cuánto es el valor para la rebaja del IR, explica Coba, es su nivel de gastos, pero también las cargas familiares. Para medir esto, el Servicio de Rentas Internas (SRI) estableció una tabla para fijar el límite de gasto, si no reporta carga alguna, su límite o techo de gastos personales que podrá deducir será de $ 5.752, pero si tiene 5 o más, los gatos por deducir podrían subir hasta los $ 18.436. Ver gráfico:

¿En qué rubros se pueden deducir el IR?

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Estos montos, recuerda Coba, se pueden deducir por gastos personales en los rubros de alimentación, educación, arte y cultura, salud, vestimenta, vivienda y turismo nacional, detalla en un comunicado el SRI.

Entre los gastos que también pueden ser considerados se incluyen la alimentación y salud de mascotas, los intereses por préstamos quirografarios que no estén vinculados a actividades económicas y los sueldos y beneficios sociales de empleados domésticos, que se reconocen como gasto de vivienda.

La normativa vigente permite además deducir los gastos de cargas familiares, que comprenden a padres, cónyuge o pareja en unión de hecho e hijos hasta los 21 años o con discapacidad de cualquier edad, siempre que no perciban ingresos gravados y dependan económicamente del trabajador. El SRI recuerda que una misma persona no puede ser registrada como carga familiar por más de un contribuyente.

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