Adultos mayores
El abogado Jorge Iturburu (segundo de izquierda a derecha) junto a adultos mayores que asistieron a la primera audiencia por atraso en la devolución del IVA.CARLOS KLINGER

¿Qué medidas tomará el Estado tras las audiencias sobre la devolución del IVA?

El SRI y el Ministerio de Finanzas deberá demostrar que ha devuelto el IVA a adultos mayores y personas con discapacidad

El proceso judicial por los atrasos en la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a adultos mayores y personas con discapacidad entra en una fase decisiva. En la primera audiencia, realizada el pasado 21 de noviembre de 2025 por la acción de protección interpuesta por un grupo de beneficiarios, se presentaron representantes del Ministerio de Finanzas, del Servicio de Rentas Internas (SRI), de la Procuraduría General del Estado y la Defensoría del Pueblo, en calidad de amicus curiae (amigo de la corte). Sin embargo, según explicó el abogado Jorge Iturburu, la participación de la Procuraduría generó cuestionamientos, pues acudió como “observadora”, cuando la ley —dice— le obliga a representar legalmente al Estado en todos los espacios judiciales y extrajudiciales.

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La pasada audiencia avanzó con tensiones: el Estado debía demostrar que ha cumplido con la devolución del IVA dentro del plazo legal de dos meses para este grupo de beneficiarios, pero —según Iturburu— no logró presentar pruebas ni documentación que confirmara los pagos. “Se limitaron a decir que el procedimiento es reservado, cuando no hay nada reservado: todos conocemos cómo funciona el trámite”, afirmó.

El punto crítico fue el artículo 182 del reglamento, que obliga a realizar las devoluciones en dos meses a adultos mayores y personas con discapacidad en tres meses, y no en seis meses como al resto de la población. Según los demandantes, han pasado más de esos plazos sin depósitos y, pese a que Finanzas asegura haber asignado recursos al SRI, estos no se han acreditado a quienes presentaron solicitudes.

Audiencia
El abogado Jorge Iturburo (izquierda) y Harry Valarezo en la primera audiencia por la acción de protección.CARLOS KLINGER / Expreso

Por esa falta de justificación, la jueza decidió abrir una segunda audiencia, prevista para el 8 de diciembre de 2025. En ese encuentro, tanto el Ministerio de Finanzas como el SRI deberán demostrar con documentos que han pagado todas las solicitudes pendientes y que no existe ninguna devolución fuera del tiempo legal. También se otorgaron cinco días a los demandantes para entregar pruebas adicionales de los retrasos.

Iturburu sostiene que la jueza debió invertir la carga de la prueba desde el inicio, para que el Estado demostrara que ha cumplido los pagos: “Vamos a presentar todas las solicitudes que no han sido atendidas y todos los retrasos. No hay solución, no hay depósitos, y la vulneración del derecho es evidente”.

Diario EXPRESO ha solicitado al SRI su opinión sobre la acción de protección y sobre las cifras de lo devuelto o no a los adultos mayores y a las personas con discapacidad. Aún no se conoce la decisión de la jueza respecto a la acción de protección, y las autoridades no se han pronunciado hasta el momento en que se escribió esta nota.

¿Qué pasará si el fallo no es a favor de la acción de protección?

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Si la sentencia —que debería emitirse después de la audiencia del 8 de diciembre 2025— favorece a los ciudadanos, el Estado tendría entre 24 y 48 horas para asignar los recursos y depositarlos. De no hacerlo, advierte el abogado Iturburu, se configuraría un incumplimiento de decisiones legítimas, lo que abriría la puerta a denuncias penales e incluso a la destitución de funcionarios públicos.

Si la acción de protección no prospera, el caso se apelará ante la Corte Provincial de Justicia. Pero para los demandantes, la pregunta clave sigue siendo la misma: ¿dónde está el dinero que, por ley, ya debía ser devuelto? 

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