
El rol del IESS en la protección de huérfanos: desafíos y oportunidades
El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social otorga la pensión de montepío a los hijos de afiliados o jubilados fallecidos
De acuerdo con la sentencia 615-14-JP/23, de la Corte Constitucional de Ecuador, en la que defendió los derechos de Doménica Paola Bustamante Renge, una menor de edad a la que IESS le impidió el acceso a la pensión de montepío que le había dejado su madre antes de fallecer, la institución aclara cuál es el rol de la seguridad social en la protección de huérfanos.
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En este caso, la Corte determinó que el IESS debe tener en cuenta y valorar el interés superior del niño antes de decidir retirar la pensión.
El caso de Doménica impulsó a que la Corte obligara al IESS a pagar los años que dejó de entregar la pensión y que estaban justificados por las aportaciones que había hecho la mamá de la niña antes de fallecer.
El IESS tomó la decisión de quitarle el acceso a la pensión, después de que Doménica, quien se había quedado huérfana, fuera adoptada por una nueva familia. Ante ello, los nuevos padres de la niña presentaron una acción de protección.
El IESS aún tiene desafíos en la atención a los huérfanos
Este caso ha demostrado, desde entonces, que el IESS aún tiene desafíos para entregar un servicio completo que corresponde por derecho a los afiliados, jubilados y a sus familiares.
El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) otorga la pensión de montepío a los hijos de afiliados o jubilados fallecidos, como parte del seguro de muerte. Esta pensión busca garantizar un ingreso mensual que sustituya parcialmente el sustento perdido.
Con esta pensión, el IESS aún enfrenta desafíos. Por ejemplo, el montepío solo se reconoce a hijos menores de edad o con discapacidad, excluyendo jóvenes en formación o en situación de vulnerabilidad.
También, si bien lo han reportado varios afectados, el proceso para acceder a dicha pensión puede ser lento y burocrático, afectando el bienestar inmediato de los huérfanos. Además, durante estos procesos, el IESS no incluye servicios sociales como acompañamiento psicológico a los menores huérfanos, ni coordina estos con instituciones que velan por ello como el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES).
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