
Ecuador oficializa tasa del 50 % a importaciones provenientes de Colombia
El Senae justificó la medida como un refuerzo al control aduanero y a la seguridad de la cadena logística
El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae) oficializó la tasa por servicio aduanero de 50 % por concepto de control para las mercancías que provengan o sean originarias de Colombia. La medida consta en una resolución suscrita el 28 de febrero de 2026 en Guayaquil por el director general, Sandro Fortunato Castillo Merizalde, y entrará en vigencia desde el 1 de marzo de 2026.
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Según el documento, la actualización responde a una “omisión sistemática” en los controles de salida de mercancías en Colombia, lo que —según la autoridad ecuatoriana— contraviene la Decisión 778 sobre Régimen Andino de Control Aduanero de la Comunidad Andina y traslada riesgos operativos y fiscales al Estado ecuatoriano. En ese contexto, la tasa se justifica como una medida de seguridad nacional para reforzar la fiscalización, proteger la recaudación y resguardar la cadena logística.
La tarifa se fija en el 50 % sobre el valor en aduana de las mercancías que ingresen desde Colombia bajo regímenes de importación, de excepción y otros regímenes aduaneros, salvo las salvedades previstas. La base de cálculo será determinada por el Senae en ejercicio de sus facultades.
Sin compensación con notas de crédito
El sujeto activo de la tasa es el Estado, administrado a través del Senae, mientras que el Servicio de Rentas Internas (SRI) habilitará y gestionará los medios de pago. No se permitirá extinguir esta obligación mediante compensación con notas de crédito.
La norma establece que deberán pagar la tasa las personas naturales o jurídicas que ingresen mercancías originarias o provenientes de Colombia al territorio aduanero ecuatoriano. No obstante, se excluyen varios regímenes, entre ellos la admisión temporal para perfeccionamiento activo, reimportación en el mismo estado, tránsito aduanero, transbordo y vehículos de uso privado de turista. También se exceptúan importaciones petroleras y de generación energética, conforme al listado que emitirá la Dirección Nacional de Gestión de Riesgos y Técnica Aduanera.
Asimismo, tendrán tarifa 0 % las mercancías contempladas en determinados literales del artículo 125 del COPCI, vinculados a exenciones y tratamientos especiales.
La resolución deroga la anterior SENAE-SENAE-2026-0006-RE, emitida el 30 de enero de 2026, que ya había establecido una tasa similar. Con esta actualización, el Senae consolida el marco normativo para el cobro del 50 % como tasa por control aduanero a las importaciones desde Colombia, en medio de un contexto de tensiones comerciales y mayores controles en la frontera.
El Gobierno de Colombia respondió que va aplicar una tasa similar a la puesta por Ecuador. “Estamos estudiando la posibilidad de modificarlo también al 50 % y contemplar otras subpartidas, otros productos provenientes de Ecuador, para buscar un equilibrio comercial”, afirmó ayer la ministra de Comercio de Colombia, Diana Morales, en entrevista con Caracol Radio.
Tanto los comerciantes y transportistas de Ecuador como de Colombia han manifestado que la situación de sobretasa le afecta a los dos países y que buscan una solución, para ello habrá una reunión este lunes 2 de marzo de 2026 en Ipiales.
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