Construcción vivienda
La devolución del IVA para proyectos inmobiliarios es un nuevo beneficio que el Gobierno planteó en la Ley de Eficiencia Económica y Generación de EmpleoArchivo / Expreso

La devolución del IVA se aplica por la construcción de hasta dos viviendas por año

Si usted es  una persona natural, conozca los pasos para acceder a este beneficio. También se contempla remodelaciones

Con el objetivo de brindar incentivos al sector de la construcción, pero también a quienes construyen su propia casa, el Gobierno del presidente Daniel Noboa estableció que tanto grandes constructores como personas naturales tendrán derecho a solicitar una devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por la compra de bienes y servicios para la construcción de proyectos inmobiliarios.

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Es decir, que tanto las empresas constructoras como las personas comunes, a través de un trámite ante el Servicio de Rentas Internas (SRI), podrían recuperar el dinero que pagaron en impuestos al contratar servicios como el diseño de planos y comprar materiales de construcción que gravan IVA y que utilizaron para edificar sus viviendas.

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Este beneficio rige desde el 7 de febrero con la expedición del reglamento para la implementación de la Ley de Eficiencia Económica y Generación de Empleo.

El abogado tributarista, Napoleón Santamaría, explica a EXPRESO que esta devolución se brinda porque el Gobierno busca la recuperación de este sector, que se ha contraído desde la pandemia del covid-19. Y es que hoy ese sector representa el 6,5 % del Producto Interno Bruto (PIB), cuando antes del 2020, era del 8.6%. No obstante, enfatiza Santamaría, “hubiera sido injusto que solo el beneficio sea a los grandes constructores y no a las personas que quieran construir, en lugar de comprar, su propia casa”.

  • Requisitos y condiciones

De acuerdo al Reglamento de la Ley, la vivienda que se construye debe contar con título habilitante municipal para la construcción, otorgado por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de la jurisdicción en donde se desarrolla el proyecto; y estar registrada ante el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda (Miduvi).

Una persona natural solo puede aplicar a esta devolución de dos viviendas al año.

“Es decir, si estoy construyendo o remodelando mi casa de Guayaquil y mi casa de la playa en el mismo año, ahí puedo pedir que se me devuelva lo que pagué en IVA por la compra de los materiales de construcción de ambas casas. Si quiero construir una tercera casa, en el mismo año, esa ya no aplica a este beneficio”, explica a EXPRESO Paulina Viteri, vocera de la Asociación de Promotores Inmobiliarios del Ecuador (APIVE).

No pasa igual con los promotores inmobiliarios, que sí podrán iniciar la solicitud de devolución para un conjunto de casas, porque son viviendas creadas para vender.

Para aplicar, las personas deben presentar la solicitud de devolución del IVA pagado en proyectos inmobiliarios ante el SRI. Sin embargo, el SRI indica que aún “se requiere que el Miduvi establezca los mecanismos de registro de proyectos inmobiliarios”. La entidad tributaria no ha especificado cuál es el formulario de solicitud, cómo será el proceso de aplicación ni cuál es el monto máximo a devolver por devolución del IVA. Pues, el beneficio y su proceso apenas inicia.

El reglamento indica que la solicitud de devolución podrá ser presentada por periodos mensuales y hasta dentro de cinco años, contados desde la fecha del pago del IVA. También indica que la devolución de este rubro, se debe resolver dentro de 90 días, sin intereses, después de dada la solicitud.

  • ¿Quiénes no se benefician?

Esta norma excluye a quienes, por ejemplo, actualmente están pagando sus casas con créditos hipotecarios. Para ello, no aplicará a esta devolución. “En estos casos ya no se está pagando el IVA, y si se pagó en su momento un IVA a un constructor por sus servicios, no cabía la devolución en ese momento y ahora tampoco”, confirma el SRI a EXPRESO a través de un comunicado sobre el tema.

Algo que resalta Viteri, es que quienes pueden aplicar y beneficiarse de esta devolución, tanto pequeños como grandes constructores, son quienes empezaron a generar facturas y el pago de IVA a partir de enero del 2024. Es decir, quienes compararon materiales de construcción y contrataron profesionales para el desarrollo de la vivienda, desde el inicio de este año, ya que la Ley de Eficiencia Energética entró en vigencia en diciembre.

  • Puede tardar hasta 18 meses 

Según ha mencionado el gremio Constructores Positivos, el impacto de esta devolución del IVA, puede ser una reducción de hasta el 4 % en el precio final de las casas. Esto, porque al devolverle el rubro gastado en IVA a los promotores inmobiliarios, estos a la vez bien podría reducir el precio de las viviendas que ofrecen.

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No obstante, el gran dilema, reflexiona el experto Santamaría, es sí lo harán. “Porque si aún con ese beneficio, los constructores no quieren bajar el precio de las viviendas que venden, nadie lo sancionará, porque ese es su negocio. Esta devolución como beneficio, el Gobierno no la planteó para las familias, sino para el sector de la construcción”, indica.

Y es que no todos quienes forman parte del sector de la construcción están seguros de que se pueda dar esta reducción del costo de las casas en venta. Al menos Viteri aclara que este beneficio, si se da, no se verá reflejado a corto plazo. “Porque en los próximos 18 meses se estarán entregando vivienda que se han construido sin esta ventaja”, dice.

Además, ella señala, que es “un poco prematuro afirmar que habrá una reducción en el costo final de la vivienda”, porque “hay que ver qué tan eficiente al final del día, se maneja para el SRI”, explica. De no crear confianza en los promotores inmobiliarios, el costo de lo que gastan en IVA, se seguirá trasladando al costo final de la vivienda.

“Para que sea eficiente la devolución del IVA y que, gracias a ello, los promotores podamos bajar el precio final de las viviendas, todas las carteras de Estado involucradas deben simplificar el proceso. Por ejemplo, que el registro en el Miduvi no sea una complejidad adicional, que la devolución no tarde más de los 90 días de lo que dice la Ley y que el SRI no emita directrices que al final del día salten unas facturas y otras no, por tener una simple observación”, indica.

En el año 2023, el SRI recaudó del sector de la construcción, $439,491,67. Un año antes, 2022, la recaudación fue de 447,187,0, según menciona a este medio ese ente tributario.

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