Juan Carlos Vega, ministro de Agricultura
Juan Carlos Vega, ministro de Agricultura, liderará la aplicación del nuevo decreto para el sector bananero.Cortesía

Decreto del banano: guía para inscribir plantaciones y evitar sanciones para 2026

El decreto ordena que Agricultura actualice la normativa secundaria para aplicar controles estrictos en el sector bananero

El presidente Daniel Noboa emitió este 25 de noviembre un decreto que introduce un cambio clave en el Reglamento a la Ley del Banano, al permitir un registro excepcional de plantaciones sembradas sin autorización. La medida se basa en la prohibición vigente de nuevas siembras para exportación que no cuenten con aval del Ministerio de Agricultura.

La decisión busca ordenar un sector donde las sanciones por incumplir la normativa pueden alcanzar “cincuenta salarios mínimos vitales generales por hectárea sembrada”, según la Ley para Estimular y Controlar la Producción y Comercialización del Banano.

Registro excepcional hasta diciembre de 2026

El decreto incorpora una nueva disposición transitoria que habilita un plazo ampliado para la regularización de cultivos. El texto señala: “Hasta el 31 de diciembre de 2026 se podrá solicitar el registro e inscripción de las plantaciones de Banano, Plátano (barraganete) y Otras Musáceas (…) que hayan sido sembradas sin la autorización del Ministerio”.

Esa ventana permitirá ingresar al registro oficial a productores que enfrentaban procesos sancionatorios por siembras irregulares, siempre y cuando cumplan los requisitos legales y administrativos establecidos.

EXPRESO consultó al Ministerio de Agricultura sobre cuántas plantaciones podrían acogerse al proceso de registro excepcional y cuáles serán los criterios técnicos para validar las siembras no autorizadas. Hasta el cierre de esta nota, la entidad no respondió a las solicitudes de información.

Requisitos y pasos para la inscripción

La normativa vigente ya determinaba que quienes sembraron sin permiso debían someterse a un proceso administrativo previo y cancelar las multas correspondientes. El decreto ratifica que el Ministerio de Agricultura deberá emitir la regulación complementaria para aplicar este procedimiento.

Además, establece que las inscripciones se harán conforme el artículo 8 de la Ley del Banano, que regula quién puede sembrar, exportar y comercializar musáceas destinadas a mercados internacionales.

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El decreto también otorga a Agricultura la facultad de “emitir, modificar y actualizar la normativa secundaria” para asegurar la aplicación del nuevo régimen. Esto implica que podrían introducirse nuevos lineamientos para certificaciones, verificaciones y controles técnicos.

Asimismo, se dispone que la Autoridad Agraria Nacional será la entidad que ejecute el decreto y coordine con instituciones que requiera para completar el proceso de inscripción y fiscalización de cultivos.

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