
Consejos para actualizar los sistemas de facturación antes del 1 de enero de 2026
El SRI extendió el plazo para que los contribuyentes actualicen sus sistemas de facturación
Recientemente el Servicio de Rentas Internas (SRI) publicó una resolución que extiende el plazo para que los contribuyentes actualicen sus sistemas de facturación. Con ello, según la entidad tributaria, se facilitaría la transmisión en tiempo real de las facturas electrónicas a la administración tributaria.
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Actualmente, los contribuyentes disponen de un plazo de cuatro días hábiles para remitir sus facturas al SRI. Sin embargo, a partir del 1 de enero de 2026, estarán obligados a transmitirlas de manera inmediata al momento de su emisión, según reza la Resolución 017, suscrita el pasado 29 de julio de 2025.
Consejos para actualizar las facturas antes del 1 de enero de 2026
De acuerdo a algunas puntualizaciones sobre el proceso, del que informa el SRI, los usuarios pueden aplicar algunos consejos útiles para actualizar su facturación.
- Por ejemplo, deberán verifica la homologación del software. Deben asegurarse de que su sistema esté aprobado por el SRI y que cumpla con los formatos XML exigidos para comprobantes electrónicos, como lo menciona la entidad en sus plataformas digitales.
- Otro de los consejos contantes es renovar la firma electrónica, ya que esta es indispensable para emitir facturas válidas. Para ello deberá verifica su vigencia y realiza la renovación con anticipación.
- También la entidad impulsa a que los usuarios integren contabilidad y facturación, lo que mejora la trazabilidad y reduce errores en conciliaciones fiscales.
- Y, por último, para aquellas empresas dedicadas a realizar trabajos contables, será necesario que capaciten a su equipo de trabajo, para familiarizarlo con el nuevo flujo de emisión, validación y envío de comprobantes electrónicos.
Cambios de anulación de facturas:
Desde el 1 de agosto de 2025, en Ecuador se implementarán nuevas reglas para la anulación de facturas, comprobantes de retención y documentos complementarios electrónicos que modifican los procedimientos tributarios actuales.
El cambio más significativo establece que los comprobantes electrónicos solo podrán anularse en línea hasta el día 10 del mes siguiente a su emisión. Si esta fecha coincide con feriados o días de descanso obligatorio, el plazo se extiende hasta el siguiente día hábil.
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