
Consecuencias de la Ley de Fortalecimiento para los futuros jubilados: un análisis
La normativa está vigente desde el pasado 1 de octubre y autoriza al BIESS a vender su cartera vencida
Amparado en la Ley de Fortalecimiento y Sostenibilidad Crediticia, vigente desde el 1 de octubre de 2025, el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess) tiene la potestad de vender parte de su cartera vencida —es decir, los créditos que no ha logrado recuperar— a terceros como casas de cobranza, bancos o inversionistas, con la finalidad, según el Gobierno, de generar liquidez inmediata para entregar nuevos créditos quirografarios e hipotecarios a sus afiliados y jubilados.
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¿Cuáles son las consecuencias de la Ley de Fortalecimiento para los futuros jubilados?
Aunque el texto legal se plantea como urgente para proteger derechos de afiliados y jubilados reforzando la institucionalidad del IESS y BIESS, organizaciones de jubilados han rechazado la normativa.
De hecho, el pasado 24 de noviembre, la Confederación Nacional de Jubilados y Pensionistas de Montepío del Ecuador (CNJE) presentó una acción de inconstitucionalidad de la Ley, ya que según mencionó la presidenta de la Confederación, Ángela Muñoz, la normativa contiene disposiciones que vulneran principios constitucionales vinculados a la progresividad de derechos, la autonomía de la seguridad social y la sostenibilidad del sistema de pensiones.
Y es que esta ley abre la puerta a una mayor exposición financiera de los fondos previsionales y, por ende, riesgo para pensiones futuras.
“En riesgo los fondos de reserva”
En la ley se dispone la restitución de los fondos complementarios previsionales cerrados (fondos de reserva), se implementa una administración técnica de los fideicomisos y se establecen mecanismos de supervisión destinados a asegurar la estabilidad de los recursos pertenecientes a afiliados y jubilados.
De acuerdo con el abogado representante de la Confederación, Santiago Machuca, la normativa pone en riesgo la sostenibilidad y la rentabilidad del patrimonio del Biess, ya que abre la posibilidad de que su cartera de créditos sea transferida a la banca privada o que los recursos de su portafolio de inversiones se utilicen como respaldo en operaciones crediticias con otras instituciones, tanto nacionales como internacionales.
Aunque la ley no modifica de forma directa edades o años de aporte, cambios en la gestión financiera pueden presionar, en el tiempo, reformas complementarias que incidan en el cálculo o acceso a pensiones (por sostenibilidad actuarial), advierten los jubilados.
“Esta ley está comprometiendo seriamente la sostenibilidad y rentabilidad de todo el patrimonio del Biess, porque va a permitir que la cartera de los créditos pueda ser vendida a la banca privada (…) Si el Biess no cancela esos créditos, esa prenda será ejecutada poniendo en riesgo todo el patrimonio de esta entidad financiera que es el sostén de los fondos y las reservas de los afiliados y en este caso también de los jubilados”, advirtió el abogado Machuca.
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