CORTE CONSTITUCIONAL
El edificio de la Corte Costitucional de Ecuador.Archivo/Expreso

Demandas a la ley de Cootad: ¿Qué probabilidad de éxito tienen en la Corte?

El escenario es distinto al que allanó el camino para la inconstitucionalidad de leyes de Solidaridad e Integridad Pública

Las acciones de inconstitucionalidad en contra de la Ley de Eficiencia del Gasto de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD), más conocida como la Ley de los GAD, continúan llegando a la Corte Constitucional. Sin embargo, el escenario para esa normativa podría ser distinto al que tuvieron las leyes de Solidaridad Nacional e Integridad Pública.

(NO TE PIERDAS: Municipio de Guayaquil presentará demanda de inconstitucionalidad a reforma de Cootad)

Hasta el mediodía de este 6 de marzo de 2026, en el sistema de consultas de la Corte Constitucional se registraban 12 acciones públicas de inconstitucionalidad en contra de la ley aprobada por la Asamblea como económica urgente y sancionada por el presidente Daniel Noboa para su vigencia.

Para todas ellas ya hay un juez constitucional designado. Aunque, como ocurrió con las leyes de Solidaridad Nacional e Integridad Pública, las causas podrían acumularse en un solo proceso.

Esas dos últimas leyes fueron declaradas inconstitucionales y retiradas del ordenamiento jurídico ecuatoriano. 

Pablo Encalada

Pablo Encalada: “Un fiscal de bolsillo ayudaría a encubrir posibles delitos”

Leer más

Sin embargo, como señaló el experto en Derecho Constitucional Emilio Suárez, la decisión sobre ellas estuvo relacionada con la forma y, sobre todo, con el hecho de que incluían cambios legales en diferentes áreas, lo que contravenía el principio de unidad de materia.

¿Hay base para la inconstitucionalidad?

EXPRESO consultó con dos expertos en Derecho Constitucional para esbozar el posible escenario de las demandas. Emilio Suárez señaló que, con base en los argumentos presentados, hay tres elementos que se cuestionan para buscar la declaración de inconstitucionalidad. Dos de ellos tienen que ver con la forma y un tercero con la fondo.

El primero está relacionado con la calificación de económico. Sobre este punto, el constitucionalista afirmó que una regla fiscal está vinculada con un tema económico, por lo que es poco probable que ese sea un fundamento suficiente para declarar la inconstitucionalidad.

El segundo elemento está relacionado con la urgencia. Entre las demandas se argumenta que el proyecto no tendría ese carácter. Sin embargo, Suárez recordó que la propia Corte Constitucional ha señalado que es facultad del presidente de la República determinar ese aspecto, aunque eventualmente podría solicitarse una justificación al respecto.

asamblea nacional
La Asamblea Nacional tramitó la leye económica urgente del Gobierno de Daniel Noboa sobre los GAD.Foto: Flickr

Por su parte, el también constitucionalista Sebastián López consideró que sí podría existir un elemento de forma a ser analizado por la Corte. Se refiere a que la Ley de los GAD fue enviada en el marco de un estado de excepción. Esto permitió, por ejemplo, que se remita simultáneamente otra ley económica urgente, relacionada con la minería. 

La Constitución solo permite que la Asamblea trate dos proyectos de urgencia económica de manera simultánea cuando está vigente un estado de excepción. López señaló que esa condición está relacionada con que los proyectos enviados tengan conexión con el estado de excepción. En su criterio, ese requisito no se configuraría en el proyecto con el que se reformó el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD).

Sobre el fondo de las demandas

El principal argumento de los actores que han presentado demandas es la supuesta violación a la autonomía de los GAD. Sobre este punto, Suárez explicó que la regla fiscal impuesta no determina en qué deben gastar los municipios y prefecturas. Lo que establece es que el 70 % del presupuesto debe destinarse a gasto de inversión. En ese sentido, cada GAD mantiene la capacidad de decidir en qué áreas invertir, según el experto.

En caso de que las causas se acumulen, el Pleno de la Corte Constitucional conocerá un proyecto de sentencia que, al final del proceso, deberá ser votado por los jueces del organismo para determinar si la Ley de los GAD se mantiene o no dentro del ordenamiento jurídico ecuatoriano.

¿Quieres acceder a todo el contenido de calidad sin límites? ¡SUSCRÍBETE AQUÍ!