La Corte Constitucional otorgó medidas cautelares respecto a una transitoria de la Ley de Integridad Pública, hasta decidir si la norma es inconstitucional o no.
La Corte Constitucional otorgó medidas cautelares respecto a una transitoria de la Ley de Integridad Pública, hasta decidir si la norma es inconstitucional o no.Foto: Cortesía Facebook Corte Constitucional

CC frena disposición clave de Ley de Integridad Pública: qué implica

La decisión de la Corte pausa la aplicación de la Ley de Integridad Pública hasta emitir sentencia. ¿Y los despidos?

La Corte Constitucional (CC) suspendió provisionalmente la tarde del 4 de agosto de 2025 una disposición transitoria de la Ley de Integridad Pública. La decisión la anunció, luego de admitir a trámite la demanda de inconstitucionalidad que presentó la Asociación de Organismo de Integración del Sector Financiero Popular y Solidario en contra de esa norma que fue aprobada por la Asamblea Nacional el pasado 24 de junio.

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En su resolución del caso 60-25-IN, el máximo órgano de justicia constitucional aceptó que se deje sin efecto, aunque de forma temporal, la disposición transitoria décima primera de la Ley de Integridad que señala que los miembros de la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria emitirá las regulaciones para identificar a las cooperativas de ahorro y crédito que se transformarán en sociedades anónimas del sistema financiero privado.

Según la Ley, la regulación para al efecto debía emitirse luego de 90 días de la posesión de los miembros de la Junta y la medida tiene como fin "proteger los ahorros y aportes de la ciudadanía de las localidades y preservar la estabilidad financiera".

La constitucionalista Gabriela León explica que al otorgar las medidas cautelares, la Corte hace que se suspenda la ejecución de la norma hasta decidir si existe o no una posible vulneración de derechos que debe precautelar. "Es como colocarle una pausa. Una vez que se haga el análisis de fondo, decidirá si es constitucional o no", añade.

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León, también coordinadora de la carrera de Derecho de la UISEK, señala que dicho análisis de la ley podría tomar mucho tiempo, además de que no es la única que la CC deberá revisar, pues también suspendió varios artículos de las Leyes de Inteligencia y Solidaridad. "Seguramente irá evacuando una por una. No será menos de un mes (para cada normativa) porque es muy técnico".

¿Y las demandas contra los despidos de servidores públicos?

En su resolución, la Corte solo se refirió a la transitoria y no a las demandas de inconstitucionalidad que han presentado los representantes de los servidores públicos por los despidos. Al respecto, la catedrática dice que el organismo suele unificar los casos. "Eso pasa en cualquier proceso en los cuales se tenga varias demandas sobre una misma ley, por eso se llaman acumuladas porque están demandando lo mismo", indica.

Sin embargo, no le ve futuro a dichos recursos interpuestos luego de que el Gobierno de Daniel Noboa comenzó la desvinculación de 5.000 servidores públicos el pasado 24 de julio.

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"En el caso de los despidos, son procesos administrativos e individuales. Lo que se analizará en el fondo es si el proceso se hizo bien. Aunque la CC ya dijo anteriormente que los conflictos laborales de los trabajadores con el Estado se deben manejar por vía contencioso administrativa, sino se desnaturaliza la justicia constitucional, cuando la gente debe ir a la justicia ordinaria . Debe estudiarse caso a caso, porque el Estado tiene potestad de desvincular personas con base jurídica, no puede ser arbitraria. Otro tema es que habrá casos de grupos vulnerables que podrían verse afectados", manifiesta.

Los funcionarios públicos tienen un plazo para presentar dichos recursos en la justicia ordinaria. Así lo señala el constitucionalista André Benavides. "Los servidores con nombramiento que fueron cesados vayan al Contencioso Administrativo, tienen 90 días para hacerlo. No se desgasten presentando acciones de protección, salvo que pertenezcan a un grupo de atención prioritaria", recomendó en sus redes sociales el experto.

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Para tomar una decisión sobre las demandas de inconstitucionalidad, es facultad de la CC realizar una audiencia para escuchar los alegatos, pero eso dependerá de los magistrados, agrega León.

Corte pide pronunciamiento de Asamblea, Presidencia y Procuraduría

Además de anunciar su decisión, el lunes la Corte dispuso notificar a la Presidencia de la República, Asamblea Nacional y a la Procuraduría para que intervengan en este caso "defendiendo o impugnando la constitucionalidad de las normas impugnadas".

También ordenó que el Parlamento remita al organismo el expediente con los informes y documentos "que originaron las disposiciones objeto de la acción constitucional". 

Ambas respuestas deben enviarse en un plazo de 15 días, precisa el documento.

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