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La consulta popular ha sido uno de los mecanismos que han usado los mandatarios para implementar reformas.CANVA

La Consulta, entre lo útil y el deber ser

La veintena de preguntas del Ejecutivo quedó reducida a seis. Jurídicamente, debería ser replanteada, pero políticamente aún es una herramienta fuerte

La iniciativa pierde su razón de ser. El tamiz de la Corte Constitucional (CC) a las preguntas de la consulta popular del gobierno del presidente Daniel Noboa le quitó el condumio a la propuesta original del Ejecutivo.

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En un inicio, Noboa envió 11 preguntas a la Corte para su respectivo análisis de constitucionalidad. En medio de una ola de críticas, el primer mandatario decidió agregar nueve más, que tuvieron una mejor acogida por parte de la opinión pública, pero que no terminaban de llenar las expectativas.

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Pese al optimismo del Ejecutivo y la ‘ventana’ de escape que la jueza Teresa Nuques abrió al Gobierno, solo 10 de las 19 preguntas lograron superar el examen de constitucionalidad. Cuatro de ellas, clasificadas como propuesta de enmienda, aún tienen pendiente un filtro más.

Desde el punto de vista jurídico, el constitucionalista José Chalco sostiene que, tal como quedó la propuesta de consulta popular, la misma debe ser replanteada y postergada. Principalmente, para que el pliego tenga un efecto de cambio más profundo en el Estado.

“Los ecuatorianos necesitan respuestas a los problemas del país, no maquillaje”, acota y sostiene que la coyuntura del país ha sido tan volátil en los últimos meses y que eso demanda que el Gobierno nacional enfoque su atención a los problemas más urgentes del país.

Al momento que el Ejecutivo presentó sus preguntas, el debate de la necesidad del financiamiento para la guerra interna y del déficit fiscal aún no estaba en su apogeo. “Hoy (el país) ya no requiere de una consulta popular y referéndum”, acota el constitucionalista Chalco.

Incluso resalta que ahora “es más urgente ajustar los problemas económicos y reducir gasto (...)” antes que priorizar la consulta popular que, además, costará. Según continúa, dice que los esfuerzos del Gobierno deben estar enfocados en la estrategia para modular las medidas aprobadas para el cese de la explotación en el bloque 43-ITT.

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De hecho, según indica la constitucionalista Ximena Ron, varias de las preguntas que plantea el presidente pueden resolverse con una iniciativa legislativa. “Siempre va a ser más rápido y eficiente, en términos económicos, el cumplimiento de objetivos de Gobierno con la Asamblea Nacional.

Por ejemplo, la iniciativa respecto a la extinción de dominio, que fue una de las preguntas que no pasó el filtro de la Corte Constitucional, luego fue retomada y reformulada en un proyecto de ley económica urgente que el presidente Noboa envió a la Asamblea Nacional para su tratamiento y aprobación.

Además, sumándose al criterio de Chalco, la jurista Ron recuerda que “los dictámenes de la Corte Constitucional no obligan al presidente de la República a solicitar la convocatoria a consulta popular o referéndum” y que, de ya no ser oportuna o conveniente la misma, no habría problema si prescinde de ella.

No obstante, para el consultor político y exsecretario de Comunicación, Leonardo Laso, la consulta popular no solo es una herramienta de cambio, sino una de mensaje político: “Debe continuar porque, además que se tocan temas importantes, no hacerlo podría debilitar la imagen del presidente”.

Laso incluso recuerda que el 2024 es un año preelectoral y que la consulta popular también podría funcionar como un elemento a favor del presidente Noboa, quien ha manifestado su intención por reelegirse en las elecciones de 2025, al marcarle la agenda de temas a los contendores que vayan surgiendo.

“Si se sigue con la consulta popular, se los tendrá (a los candidatos) discutiendo de eso en la campaña electoral y eso será una especie de carné de validación para el presidente”, dice el consultor político, quien además recuerda que por la complejidad de ejecutar una consulta popular la discusión del pliego será algo que se prolongará más allá de los comicios presidenciales.

60 millonesde dólares, aproximadamente, costaría la consulta popular propuesta por el gobierno de Daniel Noboa.
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Respecto al coste que implicaría llevar adelante la consulta popular en medio de que el país discute cómo financiar a la guerra y al Estado, Laso hace hincapié en que la crisis fiscal no puede ser una excusa para no viabilizar una consulta que, más allá de los fines políticos, contiene preguntas útiles para el país.

“60 millones de dólares (que es lo que se estima constaría la consulta popular) es una cifra alta para cualquiera de los mortales como yo, pero si lo comparamos con el presupuesto del Estado, que señala una masa salarial en el sector público de 800 millones de dólares al mes, ya no es significativo”, dice.

Pese a las consideraciones hechas por Laso, los juristas consultados por este Diario consideran que lo conveniente no debe sobreponerse a la utilidad que pueda tener una herramienta como la consulta popular.

“El momento actual del país implica el repensar muchas de las acciones de los ecuatorianos y del poder institucional en sí mismo”, recalca el constitucionalista José Chalco, quien reafirma la necesidad de que, si se va a consultar a los ecuatorianos, sean cosas trascendentes.

Las preguntas se pueden reducir a seis 

El constitucionalista, experto electoral y decano de la Universidad Internacional SEK, Esteban Ron, recuerda que, en realidad, la Corte Constitucional solo ha aprobado seis de las 20 preguntas que el presidente Daniel Noboa envió como parte de su propuesta de consulta popular.

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“La Corte Constitucional separó las preguntas plebiscitarias de las refrendatorias. Estas últimas, que sí prevén una reforma o enmienda al ordenamiento jurídico, tuvieron el dictamen de vialidad”, acota y resalta que esto no implica que hayan sido aprobadas.

Cuatro de las 20 preguntas enviadas por el Ejecutivo están bajo esta consideración, sigue Ron, y recuerda que estas forman parte del segundo pliego de preguntas que el presidente Noboa envió a la Corte Constitucional, luego de que el primero recibiera varias críticas de la opinión pública.

Estas cuatro preguntas, según explica el constitucionalista Esteban Ron, deberán pasar un control adicional de la Corte Constitucional sobre el fondo de las mismas. Revisión que tiene cuatro parámetros, que definirán el futuro de estos temas en la consulta popular.

“Uno es si el razonamiento para preguntar es suficiente y necesario, otro es que la pregunta no sea inductiva a una votación positiva. También se hace un análisis de constitucionalidad y de los posibles efectos de las preguntas”, acota.

Desde que la jueza avocó conocimiento de estas cuatro preguntas, existe un plazo de 20 días para su pronunciamiento, sigue Ron e indica que eso deja al Gobierno, por ahora, solo con seis preguntas para la consulta popular. Proceso que, según considera, no debería realizarse.

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