La Asamblea deberá tramitar la reforma enviada desde la Corte Nacional de Justicia.
La Asamblea deberá tramitar la reforma enviada desde la Corte Nacional de Justicia.Cortesía: Asamblea/ Flickr

Caducidad de la prisión preventiva: ¿En qué consiste la reforma enviada por la Corte?

Consejo de Administración Legislativa calificó proyecto de reforma enviado por presidente de la Corte de Justicia José Suing

El Consejo de Administración Legislativa (CAL) calificó la reforma al artículo 541 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), enviada por el presidente de la Corte Nacional de Justicia, José Suing Nagua. La propuesta de modificación está relacionada con la caducidad de la prisión preventiva.

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La legisladora Patricia Núñez y el padre de  la subteniente Aidita Ati, Gustavo Ati, en la Asamblea.

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Este 6 de mayo de 2025, el CAL informó que la reforma fue calificada, dando paso a su trámite en la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional. La decisión se tomó a menos de siete días de que la actual Asamblea concluya su período legislativo.

Ante esta situación, será la próxima Asamblea la encargada de procesar la reforma, la cual deberá superar dos debates. Para cada uno, la mesa de Justicia y Estructura del Estado deberá elaborar un informe que servirá como base para su discusión en el Pleno.

En un comunicado, el Legislativo señaló: “La reforma, según la disposición de la sentencia constitucional 22-20-CN/24, tiene relación con las reglas de la caducidad de la prisión preventiva”.

¿Cómo se originó esta reforma?

El proyecto enviado por el presidente de la Corte Nacional de Justicia, José Suing, surge a raíz de una disposición de la Corte Constitucional. Dicho organismo resolvió dos consultas normativas presentadas por distintas configuraciones de la Sala Especializada de lo Civil y Mercantil de la Corte Nacional de Justicia, en relación con el artículo 541 del COIP.

El presidente de la Corte Nacional de Justicia José Suing fue el encargado de enviar la reforma para que se inicie el tratamiento en la Asamblea.
El presidente de la Corte Nacional de Justicia José Suing fue el encargado de enviar la reforma para que se inicie el tratamiento en la Asamblea.Foto: Archivo / Expreso

Como parte de su sentencia, la Corte Constitucional determinó que, en un plazo de tres meses contados a partir de la notificación de la resolución, se elaborara un proyecto de reforma al COIP que “colme la laguna estructural referida en el párrafo anterior y lo presente a la Asamblea Nacional”.

La mencionada 'laguna' jurídica está relacionada con la incertidumbre respecto a la aplicación del artículo 541, numeral 3, del COIP. Específicamente, sobre si la sentencia condenatoria no ejecutoriada interrumpe la caducidad de la prisión preventiva, lo que podría contravenir los artículos 76, numeral 2, y 77, numeral 9, de la Constitución.

Estos artículos establecen la presunción de inocencia de una persona y fijan límites para la prisión preventiva: seis meses en causas por delitos sancionados con prisión y un año para delitos castigados con reclusión.

La Corte Constitucional declaró la constitucionalidad condicionada de dicha norma y planteó la necesidad de una reforma que precise las reglas sobre la caducidad de la prisión preventiva. Según la Corte, tal como se aplica en la actualidad, la norma podría contradecir los principios establecidos en los artículos constitucionales mencionados.

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