DECRETO TERRORISMO
Lasso junto a Paco Moncayo en la firma del decreto el 3 de mayo de 2023.Karina Defas

Un artículo del decreto ejecutivo causa inquietud en el combate al terrorismo

El documento genera dudas. Analistas señalan que la fuerza pública queda expuesta. Hacen faltan precisiones en los procedimientos

El artículo 3 del decreto 730 provoca escozor. El presidente Guillermo Lasso firmó, la tarde del pasado 3 de mayo, el mencionado decreto que delinea los límites de la declaratoria del terrorismo como amenaza del Estado, cuyo tercer artículo ahora levanta cuestionamientos. Algunos especialistas consultados por EXPRESO presentan su preocupación en el apartado que se refiera al actuar de las fuerzas del Estado, pero de hacerlo, podrían ir a la cárcel por homicidio.

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Mario Carrillo, coronel en servicio pasivo y máster en Seguridad y Desarrollo, destaca que dentro de este nuevo decreto existen incongruencias. La primera es que en el artículo 3 menciona que si la fuerza pública hace uso de su armamento podría ir a la cárcel, ya que primero deberán comprobar que fue en legítima defensa y aplicando el uso legítimo de la fuerza, en caso de no serlo se pide al Servicio de Atención a las Personas Privadas de la Libertad (SNAI) que se adecuen las cárceles para que el personal haga uso del armamento letal.

DecretoEl documento cuenta con cinco artículos que delinean las funciones y una disposición final que establece qué entidad hará el seguimiento del mismo.
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Lo que supo destacar es que dentro de las organizaciones del Estado, existen jueces con pactos con las bandas delictivas, lo que permite que varios criminales salgan impunes por los delitos que han cometido, lo cual hace que se pierda el control de la seguridad en el país. Incluso menciona que “hace falta una sanción más dura para los delincuentes que cometan acciones terroristas, pero que el COIP tiene varios vacíos legales por los cuales los criminales terminan sin pena alguna o con una muy mínima”.

Andrea Endara, politóloga especialista en Migración, Desarrollo y Gestión de Proyectos y catedrática universitaria, concluye que el decreto está bien fundamentado, “sin embargo, lo que muestra el artículo 3 es que no hay un plan claro de lo que van a hacer las Fuerzas Armadas, no hay un plan de acción”. Hizo referencia a que el SNAI tendría que encargarse de los militares o policías que vayan a las cárceles por el uso de su armamento, pero explica “ya lo hemos visto antes y este SNAI no tiene control de los centros, un claro ejemplo son las masacres carcelarias que hemos vivido”.

SeguimientoEl decreto suscrito por Lasso señala que la Secretaría de Seguridad Pública y del Estado es la encargada se hacer seguimiento.
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Ahora la gran incógnita es qué va a pasar con este nuevo decreto y la ley del uso legítimo de la fuerza que podría complicar un poco la labor de las fuerzas públicas. El jurista y constitucionalista Alejandro Vanegas Maingon explicó que “el nuevo decreto ejecutivo no permite combatir realmente la delincuencia”.

Basándonos en el artículo 3, el abogado supo mencionar que este sería inconstitucional, ya que “al existir la ley del uso legítimo de la fuerza, esta extralimita a la fuerza pública a actuar con armamento letal y en el caso de hacerlo podría ir a la cárcel”. Un ejemplo claro es si un criminal es encontrado con un arma blanca, la Policía o Fuerzas Armadas no podría actuar, ya que estaría incumpliendo la ley.

Según el criterio de Vanegas Maingon, lo que se necesita es “brindar más apoyo a la Policía y Fuerzas Armadas, con capacitaciones de cómo usar su armamento y con los recursos necesarios para poder ayudar con la seguridad”.

El ministro del Interior, Juan Zapata, precisó que aunque los delincuentes sean abatidos por los uniformados cuando cometen un delito, los policías son llevados a investigación para determinar si su accionar está dentro del marco de la ley y descartar que se trata de un ajusticiamiento extrajudicial.