
ADN plantea enmienda tras revés en la Consulta: quiere cambio para los presos
El oficialismo impulsa que lo relacionado con los privados de libertad se traslade al capítulo sobre derechos de protección
El oficialismo en la Asamblea Nacional puso en marcha su nueva estrategia para, mediante enmiendas, realizar cambios a la Constitución. La mañana del 8 de diciembre de 2025, la asambleísta de ADN Lucía Pozo planteó retirar a las personas privadas de libertad del apartado de la Constitución en el que también se habla de los grupos vulnerables.
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El objetivo del oficialismo, según Pozo, es corregir el error de comparar a los presos con personas vulnerables. Esto porque la condición de estas últimas se define por algún tipo de condición física, discapacidad o pertenencia a un grupo etáreo.
Pozo explicó que, con la enmienda, la regulación sobre las personas privadas de libertad pasa al artículo 78 de la Constitución. “No se elimina ni se reducen sus derechos, se mantienen y refuerzan en el lugar que constitucionalmente corresponde”, señaló la asambleísta Pozo.
¿Por qué se plantea esta modificación?
La propuesta de ADN implica varios cambios en los articulados. Primero debería modificarse el artículo 35 de la Constitución para sacar de ahí a las personas privadas de libertad como parte de los grupos de atención prioritaria.
Según Pozo, lo referente a los presos pasaría al artículo 51. La asambleísta lo explicó así: “Lo que estamos haciendo es sacar del capitulado de derechos de personas y grupos vulnerables a los privados de libertad y se traslada al capitulado de derechos de protección. No hablamos de regresión sino de colocar cada derecho donde le corresponde”.
En la práctica, según el también oficialista Andrés Castillo, esto permitiría que ya no se utilice como argumento que los presos son parte de un grupo de atención prioritaria. “Estamos tratando de remediar eso para que el juzgamiento sea sobre los actos”, dijo.
Un largo camino para la enmienda
La estrategia adoptada por el oficialismo deberá recorrer un largo camino. Primero, el Consejo de Administración Legislativa (CAL) deberá calificar el proyecto presentado.

Solamente después de eso lo remitirá a la Corte Constitucional para que se determine la vía para la modificación planteada. En caso de que se determine que la enmienda, tal como está planteada, es el mecanismo adecuado, regresará a la Asamblea para su tratamiento.
Habría dos debates pero, entre la primera y la segunda discusión, deberá transcurrir un año. Además, para la aprobación de la enmienda, ADN requiere 101 votos en el Pleno (mayoría calificada); es decir, necesitará del correísmo.
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