Foto accidente
Fotografiar una accidente de tránsito en la vía pública podría terminar en multas y otras sancionesexpreso

¿Sabías que pueden multarte por parar a tomar fotos de accidentes en Ecuador?

Tomar o grabar un accidente de tránsito puede acarrear sanciones

Una de las reacciones más comunes al presenciar un accidente de tránsito es sacar fotos o grabar videos del momento, sin saber si esto podría generar sanciones por parte de las autoridades. Aunque la ley no prohíbe explícitamente capturar estas imágenes, existen ciertas acciones relacionadas con la toma o difusión del material que sí podrían derivar en multas o procesos administrativos.

Para aclarar este tema, EXPRESO consultó con el abogado de Tránsito Xavier Rosado, quien explicó cuáles son las posibles sanciones y en qué situaciones pueden aplicarse.

No hay sanción por fotografiar, pero sí por obstruir

La ley no establece sanciones por tomar fotos o videos de un accidente en la vía pública, sin embargo, si se obstruye el tránsito, esta acción sí tiene sanciones. Rosado expresó: “Por tomar fotografía de un accidente de tránsito no hay ninguna sanción… no está prohibido”. La legislación vigente no contiene ningún artículo que prohíba o multe explícitamente a una persona por captar imágenes de un siniestro vial.

De hecho, el abogado señaló que cualquier ciudadano puede documentar un accidente en calidad de testigo y, si lo desea, reportar la situación a través de medios oficiales como el ECU 911. La ley tampoco establece limitaciones para difundir imágenes tomadas en un espacio público, siempre que no se vulneren derechos como la intimidad en contextos privados.

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Las sanciones por obstruir el paso a vehículos de emergencia son de una multa y reducción de puntos a la licenciaAngelo Chamba

No obstante, existe un matiz importante: si la detención del vehículo o la presencia del fotógrafo obstaculiza el paso de otros automotores, especialmente de vehículos de emergencia, ahí sí se incurre en una infracción. Según el Artículo 390, numeral 6, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), constituye una contravención de tránsito de quinta clase “no dejar libre la vía o ceder el paso a un vehículo de emergencia”.

La sanción es una multa equivalente al 15 % del salario básico unificado (aproximadamente $70,5 en 2025) y la reducción de 4,5 puntos en la licencia de conducir. La Agencia Nacional de Tránsito y la jurisprudencia incluyen en la categoría de “vehículo de emergencia” a ambulancias, patrulleros, motobombas y unidades de rescate, siempre que estén identificados, con sirena y luces encendidas, y en cumplimiento de una misión oficial.

Libertad para registrar y difundir en lugares público

El abogado también aclaró que en Ecuador no existe una norma que impida la difusión de fotografías o videos de un accidente si estos fueron captados en un espacio público. “No hay ninguna limitación de difundir alguna fotografía o algo, estamos en un lugar público”, reiteró.

Esta situación es diferente a la captación y uso de imágenes en propiedades privadas o en contextos que involucren información protegida por reserva legal. En el espacio público, el derecho a la información y la libertad de expresión prevalecen, siempre que no se interfiera con labores de rescate o con el trabajo de las autoridades en la escena.

Cómo actuar correctamente en un accidente y evitar sanciones

A partir de las aclaraciones de Ramos, se pueden extraer recomendaciones prácticas para conductores y peatones que presencien un accidente:

  • No detenerse en medio de la vía ni obstaculizar el paso de vehículos de emergencia.
  • Usar zonas seguras para estacionar si se desea observar o tomar fotos del incidente.
  • Priorizar el reporte oficial del accidente al ECU 911 antes que la difusión en redes.
  • Respetar el trabajo de rescatistas y autoridades, evitando invadir áreas acordonadas.
  • En caso de recibir una citación, verificar la legalidad del proceso y, si es injusta, acudir a la vía judicial para su revisión.

La idea de que en Ecuador pueden multarte únicamente por tomar fotos de un accidente no es correcta, lo sancionable es la obstrucción de la vía, especialmente a vehículos de emergencia. El ejercicio del derecho a registrar y difundir imágenes en lugares públicos sigue protegido, siempre que no interfiera con la ley ni con labores de auxilio.

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