
Transportistas: cuánto cuesta una multa por incumplir el Pico y placa y cómo apelar
El incumplimiento del Pico y Placa acarrea sanciones económicas que aumentan según la reincidencia
Quito continúa aplicando la medida de restricción vehicular conocida como Pico y Placa, que regula la circulación de automóviles y motocicletas según el último dígito de la placa del vehículo.
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La disposición busca mejorar la movilidad y reducir la congestión en las principales vías de la capital. Según el calendario vigente, los días de restricción son: lunes: 1 y 2, martes: 3 y 4, miércoles: 5 y 6, jueves: 7 y 8, viernes: 9 y 0.
La medida rige de 06:00 a 09:30 y de 16:00 a 20:00, y es obligatoria para automóviles y motocicletas. No obstante, existen excepciones: vehículos eléctricos, autos oficiales y aquellos pertenecientes a adultos mayores o personas con discapacidad están exentos de cumplir la restricción.
El incumplimiento del Pico y Placa en 2025 acarrea sanciones económicas que aumentan según la reincidencia:
Primera vez: 15% del Salario Básico Unificado (SBU), equivalente a $70,5
Segunda vez: 25% del SBU, es decir $117,5
Tercera vez: 50% del SBU, lo que corresponde a $235
¿Cómo apelar una infracción?
El procedimiento ante una infracción se inicia cuando un Agente Civil de Tránsito (ACT) emite una citación en la vía pública, entregando un comprobante físico al conductor.
Si el ciudadano considera que la notificación es incorrecta, puede impugnarla siguiendo los lineamientos del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y el Reglamento de Aplicación de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
El proceso de impugnación establece que el infractor tiene tres días desde la entrega de la citación para presentar su caso ante los jueces de tránsito.
Si no se presenta dentro de este plazo, se entiende que la contravención fue aceptada. Además, si la multa se cancela en 20 días desde la notificación, se aplica un descuento del 50% sobre el valor de la sanción.
Tras presentar la impugnación, el conductor debe notificar a la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) en un plazo de dos días, con copia certificada del proceso.
La sentencia dictada puede confirmar la infracción o absolver al conductor y, en caso de penas privativas de libertad, existe la posibilidad de apelación ante la Corte Provincial.
Tome en cuenta que a finales de 2024, el Concejo Metropolitano aprobó una ordenanza y los vehículos que incumplen el Pico y placa ya no son retenidos.
En su lugar, los infractores solo deben pagar la multa correspondiente. Uno de los objetivos es evitar que los autos de los infractores sean trasladados a un Centro de Retención Vehicular.
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