
Conducir en estado etílico ha causado 335 siniestros en Quito en lo que va de 2025
Los agentes civiles de tránsito están facultados para detener vehículos y aplicar pruebas con un alcohotector
En lo que va del año, 335 siniestros de tránsito han sido provocados por conductores que manejaban bajo los efectos del alcohol en Quito. Como consecuencia, se han reportado 235 personas heridas y 17 fallecidas, según datos oficiales de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT).
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Ante estas cifras, la AMT anunció que realizará operativos aleatorios de control de alcoholemia desde este 12 al 14 de septiembre de 2025, con el objetivo de reducir la siniestralidad vial vinculada al consumo de bebidas alcohólicas.
Los controles se desarrollarán en puntos estratégicos de la ciudad como las avenidas Amazonas, Mariscal Sucre, Teniente Ortiz, Velasco Ibarra, Simón Bolívar, Cardenal de la Torre, El Inca, entre otras.
¿Cómo se realiza un control de alcoholemia?
Durante estos operativos, los agentes civiles de tránsito están facultados para detener vehículos y aplicar pruebas con un alcohotector, dispositivo que mide el nivel de alcohol en el aliento exhalado.
El procedimiento debe seguir ciertos pasos:
- El agente se identifica y explica al conductor la normativa aplicable.
- Se muestra al conductor una boquilla nueva, de un solo uso.
- Se le indica cómo soplar correctamente para obtener una lectura válida.
- Finalmente, el resultado es informado al conductor.
Si el conductor se niega a realizarse la prueba, esto se considera una presunción de estar en el máximo grado de intoxicación, lo que puede derivar en su detención inmediata.
¿Qué sucede si el resultado es positivo?
En caso de que la prueba arroje un resultado positivo, el conductor es aprehendido y se le leen sus derechos, conforme a la Constitución de la República (art. 77, numerales 3, 4 y 5). Luego, se realiza una valoración médica en una casa de salud pública y el conductor es trasladado al Centro de Detención Provisional de Infractores de Tránsito, a la espera de audiencia con un juez.
Sanciones según el nivel de alcohol en sangre
Las sanciones están tipificadas en el artículo 385 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y varían según el grado de alcohol detectado:
Entre 0.3 y 0.8 gramos: Multa de un salario básico unificado (SBU), cinco días de prisión, reducción de cinco puntos en la licencia y la retención del vehículo por 24 horas.
Entre 0.8 y 1.2 gramos: Multa de dos SBU, 15 días de prisión, 10 puntos menos en la licencia y retención del vehículo por 24 horas.
Más de 1.2 gramos: Multa de tres SBU, 30 días de prisión, suspensión de la licencia por 60 días, retención del vehículo por 24 horas
Conductores de transporte público
Límite máximo permitido: 0.1 gramos. Si sobrepasa ese valor se establecen 90 días de prisión, pérdida de 30 puntos en la licencia y la retención del vehículo por 24 horas.
La AMT recuerda que manejar en estado de embriaguez no solo pone en riesgo la vida del conductor, sino la de otras personas en la vía.
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