
¿Cómo solicitar la exoneración del impuesto predial en Guayaquil?
Adultos mayores pueden acceder a este beneficio si cumplen ciertos requisitos y completan el trámite digital o presencial
Cada año, decenas de propietarios acuden al Municipio de Guayaquil con la esperanza de pagar menos en el impuesto predial. Como ha publicado EXPRESO, al menos durante los primeros meses del año, muchos hacen fila desde la madrugada con la idea de acceder a los descuentos que se aplican durante los primeros 15 días de enero.
¿En qué mes se aplica la exoneración de impuestos?
Sin embargo, las autoridades municipales han reiterado que este proceso puede hacerse sin filas y en línea, y que la exoneración del impuesto predial para adultos mayores está disponible todo el año, siempre que se cumplan ciertos requisitos.
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La Ley Orgánica de Personas Adultas Mayores establece que los contribuyentes que hayan cumplido 65 años al 1 de enero del año en curso pueden acceder a la exoneración del impuesto predial urbano, siempre que sus ingresos y patrimonio estén dentro de ciertos límites.
¿Quiénes pueden solicitar la exoneración?
Para poder aplicar, los adultos mayores deben cumplir con dos requisitos principales:
- Tener 65 años cumplidos al 1 de enero del año que se desea exonerar.
- Tener ingresos mensuales que no excedan cinco remuneraciones básicas unificadas (RBU) y un patrimonio que no supere las 500 RBU.
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En caso de superar esos límites, la exoneración se aplicará solo sobre el excedente.
Además, el porcentaje de exoneración varía según el estado civil y la copropiedad del predio. Por ejemplo:
- Si el contribuyente es soltero y único propietario, obtiene el 100 % de exoneración.
- Si está casado y ambos cónyuges cumplen con los requisitos, también se aplica el 100 %.
- Si solo uno de los copropietarios cumple, el beneficio será proporcional (por ejemplo, 50 %).
- En caso de más de dos copropietarios, el análisis será individual para determinar el porcentaje final.
¿Cómo se hace el trámite?
La solicitud puede hacerse en línea o de manera presencial, y toma entre 15 a 20 días para ser procesada, si la documentación está completa.
Paso a paso para solicitar la exoneración en línea
- Ingresar al portal www.guayaquil.gob.ec.
- Ir a la sección Servicios en línea > Consultas y Trámites > Trámites.
- Seleccionar la opción “Aplicación de Exoneración para Personas Adultas Mayores”.
- Verificar el cumplimiento de los requisitos.
- Llenar el formulario, indicando que se trata de un predial: Datos personales, correo electrónico, número de cédula, dirección y teléfono; Información del predio
- Descargar y llenar el formulario de solicitud, firmarlo y subirlo como archivo PDF al sistema.
- Adjuntar la documentación adicional:
- Copia de la cédula del propietario
- Escritura de adquisición del bien o certificado de historia de dominio (con razón de inscripción en el Registro de la Propiedad)
El trámite también se puede hacer en el siguiente enlace directo al sistema: https://tramites4.guayaquil.gob.ec/STL10029.aspx
Trámite presencial
Para quienes no puedan realizar el trámite en línea, pueden acudir a las ventanillas 50 y 51 ubicadas en el edificio municipal de Clemente Ballén y Malecón.
¿Qué cubre la exoneración?
La exoneración aplica únicamente sobre el impuesto predial urbano. Los demás valores incluidos en la planilla, como la contribución especial de mejoras, tasa de drenaje y tasa de bomberos no están incluidos en este beneficio y deben ser cancelados normalmente.
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¿El beneficio es automático cada año?
No. Si un adulto mayor realiza el trámite por primera vez y todavía no ha pagado el impuesto de ese año, podrá aplicar la rebaja de inmediato. Para los años siguientes, el porcentaje de exoneración se replicará automáticamente, siempre que no haya cambios en la propiedad (como fallecimiento, venta o transferencia del bien).
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