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El rol de Fuerzas Armadas en seguridad debe pasar por el filtro de la Asamblea Nacional, dictamina la Corte Constitucional

El Gobierno pretendía incluir una pregunta al respecto en la consulta popular

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El 31 de octubre el ministro de Gobierno, Francisco Jiménez, insistió ante la CC con la consulta sobre el papel de los militares en seguridad.René Fraga/ EXPRESO

La Corte Constitucional (CC) dio luz verde para que el presidente Guillermo Lasso envíe a la Asamblea Nacional una reforma parcial a la Constitución para modificar, de forma extraordinaria, el rol de las Fuerzas Armadas en la seguridad del Estado.

El dictamen se hizo público este 29 de noviembre de 2022, pero fue adoptado un día antes con los votos de los jueces Karla Andrade, Alejandra Cárdenas, Carmen Corral (voto concurrente), Jhoel Escudero, Alí Lozada, Teresa Nuques, Richard Ortiz, Daniela Salazar y Enrique Herrería (voto recurrente).

En septiembre pasado, el Gobierno envió un pliego de preguntas a la CC para un referéndum popular. La primera consultaba sobre el apoyo de los militares en las funciones de la Policía Nacional para combatir la inseguridad y el crimen organizado.

Específicamente, planteaba agregar un inciso al artículo 158 de la Constitución señalando que: “previa solicitud motivada de la Policía Nacional, la o el Presidente de la República del Ecuador podrá disponer el apoyo complementario de las Fuerzas Armadas a la Policía Nacional. Este apoyo complementario se brindará para combatir el crimen organizado de forma extraordinaria y regulada”.

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Entonces, la Corte Constitucional respondió que ese tema debía ser tratado como una reforma parcial a la Constitución y no como una enmienda vía consulta popular.

El 31 de octubre de 2022 el ministro de Gobierno, Francisco Jiménez, volvió a presentar la pregunta a la CC, aunque reformulada, para que a través de un dictamen se establezca que la vía idónea era la de la reforma parcial.

La ley señala que “la iniciativa de reforma constitucional será tramitada por la Asamblea Nacional en al menos dos debates. El segundo debate se realizará al menos noventa días después del primero. El proyecto de reforma se aprobará por la Asamblea Nacional. Una vez aprobado el proyecto de reforma constitucional se convocará a referéndum dentro de los cuarenta y cinco días siguientes”.

En el dictamen, la Corte Constitucional recuerda que el segundo momento de control se lo realizará una vez que la propuesta supere la fase ante la Asamblea Nacional. Es decir, en caso de que se apruebe la reforma parcial, la Corte procederá a realizar el control previo de constitucionalidad de la convocatoria a referendo.