CARLOS FALCONI TERNA NOBOA
Carlos Falconí lideraba la terna enviada por el Ejecutivo.EXPRESO

Renovación de la Judicatura: Carlos Falconí renuncia a la terna enviada por Noboa

Es la segunda ocasión en que uno de los integrantes de la terna enviada por el Ejecutivo renuncia al proceso de renovación

Las renuncias continúan. Carlos Falconí Lindao presentó su renuncia irrevocable para el proceso de renovación del Consejo de la Judicatura. Falconí era el tercer postulante de la terna enviada por el presidente ecuatoriano Daniel Noboa.

Aunque la renuncia de Falconí trascendió este 15 de julio de 2025, el documento enviado al presidente del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), Andrés Fantoni, tiene fecha del 11 de julio de 2025.

Como lo contó EXPRESO en notas pasadas, Falconí señala que su renuncia al proceso de renovación del Consejo de la Judicatura responde a que actualmente es asambleísta suplente de la legisladora del oficialismo, Sade Fritschi.

Esto, según anota en su carta de renuncia, contraviene con el numeral 12 del artículo 14 del reglamento para la selección de los vocales del Consejo de la Judicatura, por lo que presentó su renuncia irrevocable al proceso de renovación.

Andrés Jaramillo, otro postulante que renunció por conflicto de intereses

Días atrás, otro postulante de la terna enviada por el presidente Daniel Noboa renunció al proceso de renovación del Consejo de la Judicatura. Se trata de Andrés Jaramillo, hermano del asambleísta Fernando Jaramillo, quien impulsa un juicio político en contra de una vocal de la Judicatura.

En su carta de renuncia, Jaramillo señaló que esto configura un conflicto de intereses: "Mi renuncia a ser parte o integrante de la terna de la Función Ejecutiva la presento por existir conflictos de intereses, según lo dispuesto en el artículo 11, numeral 3, del Reglamento para la Selección y Designación de Vocales del Consejo de la Judicatura, toda vez que mi hermano Roberto Fernando Jaramillo Martínez es asambleísta electo por la provincia de Imbabura y se encuentra en funciones".

El artículo citado por Jaramillo señala la prohibición de que personas que tengan parentesco hasta cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con miembros de la Asamblea Nacional puedan participar del proceso de renovación.

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