MINISTRA INES MANZANO
La ministra de Energía y Ambiente, Inés Manzano.CORTESIA: MINISTERIO DE ENERGIA

El correísmo denuncia a los ministros Inés Manzano y Luis Alberto Jaramillo

El legislador Christian Hernández recurrió al Tribunal Contencioso Electoral (TCE) por presuntas infracciones cometidas

Los ministros de Energía, Inés Manzano, y de Producción, Luis Alberto Jaramillo, enfrentan denuncias electorales ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE). El asambleísta de la Revolución Ciudadana, Christian Hernández, los acusa de una presunta infracción electoral.

De acuerdo con los expedientes, los ministros Manzano y Jaramillo son señalados de haber vulnerado el silencio electoral establecido en el artículo 207 de la Ley Electoral, durante la consulta popular del 16 de noviembre de 2025.

El asambleísta Hernández días atrás también presentó dos denuncias electorales contra los ministros de Infraestructura y Transporte, Roberto Luque, y del Trabajo, Harold Burbano, por irrespetar el silencio electoral durante la consulta popular.

El asambleísta Hernández deberá completar denuncias electorales

Las quejas contra los ministros Inés Manzano y Luis Alberto Jaramillo, de acuerdo con los expedientes, recayeron en el juez electoral Ángel Torres, quien en ambos casos solicitó que el legislador Hernández aclare y complete sus denuncias electorales.

El asambleísta deberá aclarar bajo qué calidad hace la denuncias, identificar el hecho denunciado, fundamentar su denuncia, anunciar las pruebas de cargo y determinar la pretensión, además de especificar las direcciones para citación. En caso de no cumplir con lo dispuesto, el juez alerta que puede ser causar del archivo de la causa.

LUIS ALBERTO JARAMILLO
El ministro de Producción de Ecuador, Luis Alberto Jaramillo.CORTESIA

Violar el silencio electoral está penado por el Código de la Democracia

El artículo 207 del Código de la Democracia señala los siguiente respecto al silencio electoral:

"Cuarenta y ocho horas antes del día de los comicios y hasta las 17h00 del día del sufragio, queda prohibida la difusión de cualquier tipo de información dispuesta por las instituciones públicas, así como la difusión de publicidad electoral, opiniones o imágenes, en todo tipo de medios de comunicación y medios digitales, que induzcan a los electores sobre una posición o preferencia electoral así como la realización de mítines, concentraciones o cualquier otro acto o programa de carácter electoral. El incumplimiento de estas disposiciones constituirá infracción electoral que será sancionada de conformidad con la Ley".

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