
Corte declara error inexcusable de la exministra Ivonne Núñez: ¿Por qué?
La Corte Constitucional resolvió una acción extraordinaria de protección presentada por la EP Correos del Ecuador
La Corte Constitucional declaró la existencia de error inexcusable por parte de la exministra Ivonne Núñez y de Francisco Morales Garcés en la resolución de un caso contra la EP Correos del Ecuador, cuando ambos eran jueces de la Sala de lo Laboral de la Corte Provincial de Justicia del Guayas.
El caso nace en 2021, cuando la empresa Halcotransa presentó una acción de protección contra la EP Correos del Ecuador por vulneración del derecho al trabajo ante la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el cantón Samborondón, provincia del Guayas.
La acción de protección fue aceptada en primera instancia y, como medida de reparación, se dispuso el pago de lo adeudado por parte de Correos del Ecuador. No obstante, la empresa pública interpuso un recurso de apelación que fue de conocimiento del Tribunal integrado por Núñez y Morales.
#ATENCIÓN | Ivonne Núñez deja de ser la ministra de Trabajo, marcando la primera salida del gabinete del presidente Daniel Noboa luego de la derrota en la consulta popular del 16 de noviembre de 2025.
— Diario Expreso (@Expresoec) November 18, 2025
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La decisión en que participó Ivonne Núñez vulneró la seguridad jurídica
Para noviembre de 2021, el Tribunal -con el voto de mayoría de la exministra Ivonne Núñez y el juez Francisco Morales Garcés- rechazó el recurso de apelación interpuesto, ratificó la sentencia y declaró, también, la vulneración del derecho a la seguridad jurídica de Halcotransa. Decisión que motivó la acción extraordinaria de protección presentada por Correos del Ecuador.
En su análisis, el juez y presidente de la Corte Constitucional que decidió sobre la acción extraordinaria de protección, Jhoel Escudero, indicó que la decisión de la exministra Núñez y el juez Morales "vulneró el derecho a la seguridad jurídica de Correos del Ecuador al conceder el recurso y dar paso a una desnaturalización de la garantía jurisdiccional".
De acuerdo con el magistrado, dicha sentencia desconoció los requisitos de presentación y procedencia y permitió sea empleada para fines distintos a su diseño constitucional en razón de que el litigio materia de la acción de protección versó, sobre la extinción de obligaciones, en este caso de fuente contractual.

El error judicial de Ivonne Núñez no tiene justificación, dice sentencia
En ese sentido, el juez Escudero señala que la decisión que "la actuación de los jueces es inaceptable e incontestable. La actuación de los jueces es incontestable porque es evidente que las autoridades judiciales están obligadas a analizar, como primer deber, la procedencia de las pretensiones y rechazar la demanda por improcedente cuando estas no se corresponden con el objeto y finalidad de la acción de protección, y no lo hicieron".
La decisión del Tribunal en el que participó Núñez, acota la sentencia, se enmarca en la existencia de error judicial de Ivonne Núñez y Francisco Morales Garcés en la aplicación de las normas que regulan la garantía de acción de protección.
Además, sostiene que el error "es de una gravedad tal que no es posible ofrecer una argumentación jurídica válida para sostenerlo y no es producto de una diferencia legítima en la interpretación o aplicación de las disposiciones jurídicas que regulan la acción de protección. Además, acota que el error de Núñez y Morales ocasionó un daño significativo y grave al Estado y a la justicia.
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