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Ley del aborto: la objeción de conciencia se concibe como personalísima 

El proyecto de ley que Garantiza la Interrupción Voluntaria del Embarazo para Niñas, Adolescentes y Mujeres en Casos de Violación prohíbe que este derecho sea invocado de manera colectiva.  La práctica deberá realizarse hasta 4 días luego de solicitado

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La comisión volvió a sesionar ayer de manera virtual y debatió artículo por artículo.CAPTURA DE PANTALLA

Está presente en el proyecto de ley. La objeción de conciencia, derecho al que pueden acogerse los médicos que por cualquier motivo se nieguen a practicar en este caso un aborto, es uno de los puntos calientes del proyecto de Ley Orgánica que Garantiza la Interrupción Voluntaria del Embarazo para Niñas, Adolescentes y Mujeres en Casos de Violación. La Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional continua hoy, 12 de enero de 2022, con el debate de otro paquete de articulados y en el caso particular de este derecho lo reconoce como personalísimo, prohíbe que sea ejercido de manera colectiva e institucional, así como la oportunidad de cambiar su decisión de ser objetor de conciencia.

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El artículo 28 del mencionado proyecto prohíbe al personal de salud, entre otros aspectos, alegar objeción de conciencia de manera colectiva e institucional. “Esto vulnera el principio de objeción de conciencia que está contemplado en la Constitución”, replicó la legisladora Sofía Espín, quien votó abstención en la aprobación de este artículo. Ocho comisionados votaron a favor y uno en contra.

Mientras que el artículo 29, que recoge los derechos del personal de salud que interviene directamente en la interrupción del embarazo, reconoce el ejercicio de objeción de conciencia como un derecho personal y personalísimo. “La objeción de conciencia colectiva e institucional no es posible. Se puede ejercer, pero siendo un derecho personal y personalísimo”, propuso el legislador José Agualsaca que se incluya en el proyecto que luego fue aprobado por la mayoría de la mesa.

El debate de esta ley no puede justificar los ataques en contra de compañeros.

Gissela Garzón, asambleísta.

El mismo apartado legal reconoce el derecho del personal de salud de revocar o cambiar su decisión de ser objetor de conciencia en el momento que considere adecuado, pero en el caso de expresar su decisión de ya no serlo “no podrá volver a alegarla, ni en el ámbito público ni privado”.

La mesa legislativa, en el marco del debate del artículo 33 sobre la responsabilidad es de la autoridad sanitaria nacional, definió como plazo máximo de cuatro días para practicar la interrupción voluntaria del embarazo contados desde la solicitud del procedimiento. Además, obliga a la misma autoridad a asegurarse que existan las condiciones materiales necesarias para que se practique el procedimiento en cualquier establecimiento del sistema nacional de salud del país, así como asegurarse de contar con el presupuesto necesario anual para estos fines.

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Solidaridad por insultos en redes sociales

La asambleísta Gissela Garzón inició la sesión de ayer expresando su solidaridad a sus colegas que, según dijo, han sido víctimas de insultos en redes sociales sobre su postura a favor de la interrupción voluntaria del embarazo. La legisladora Jhajaira Urresta, una de las víctimas de estos ataques, agradeció las expresiones a las que se sumaron el presidente de la mesa, Alejandro Jaramillo, y la asambleísta Johanna Moreira, ambos de las filas de la Izquierda Democrática. En la otra orilla, el legislador Ricardo Vanegas, quien se ha mostrado en contra de esta práctica, aseguró también ser víctima de estos ataques por parte de “feministas”. Dijo que no pide solidaridad, solo se hace responsable de sus posturas.