Jorge Glas: ¿Pronóstico de depresión podría incidir en decisiones judiciales?

La defensa del exvicepresidente Jorge Glas solicitó un informe psiquiátrico antes del juicio por el caso Reconstrucción

El abogado de Jorge Glas solicitó que se realice un informe psiquiátrico a su cliente, días antes de que se desarrolle la audiencia de juicio en contra del exvicepresidente por el caso Reconstrucción de Manabí, en el que la Fiscalía lo acusa a él y Esteban Bernal por presunto peculado. Según el Ministerio Público, el exhombre de confianza de Rafael Correa y el otro exfuncionario malversaron los recursos que estaban destinados para reconstruir la zona del terremoto del 16 de abril de 2016.

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El informe se conoció el lunes y este martes, 17 de junio, el fiscal general Wilson Toainga dijo al Tribunal de la Corte Nacional de Justicia que el documento fue entregado. Pero el defensor de Glas, Andrés Villegas, impugnó el informe y solicitó que su cliente sea sometido a otra evaluación.

El Tribunal, conformado por los jueces Mercedes Caicedo, Marco Rodríguez y Javier de la Cadena, negó el pedido y la diligencia se desarrolló.

El informe, realizado por la perito especialista en Psiquiatría, Angela Salazar, señala que Glas presenta depresión grave con síntomas psicóticos, ansiedad generalizada y un riesgo suicida elevado.

De acuerdo con el documento, las condiciones de la privación de la libertad de Glas afectan el estado de salud mental de quien también fue el exministro de Correa. "El paciente experimenta alucinaciones visuales y auditivas relacionadas con eventos traumáticos vividos en prisión", como las masacres carcelarias.

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No obstante, Salazar también señaló que existe "inconsistencia" entre las alucinaciones que mencionó Glas y que el exvicepresidente detenido presenta "simulación de un cuadro clínico de tipo psicótico", pero que no afecta su conciencia ni inteligencia.

¿Qué alcance tiene el informe en las decisiones legales?

Gabriela León, coordinadora de la carrera de Derecho de la UISEK, dice que el informe determina que el procesado "reciba la atención médica que corresponde". Y si se busca un tratamiento especializado, "debe recurrir a un hábeas corpus correctivo para que, sin cuestionar la privación de la libertad, se le dé el tratamiento médico que necesita", agrega.

Dicho hábeas corpus se puede solicitar aparte "para que las condiciones de privación de libertad cumplan con las necesidades de salud que él tiene", según se establece en el informe.

Diego Zambrano, catedrático de Derecho de la UTE, tiene un criterio similar. El cumplimiento de la pena "no puede variar, lo que sí pueden cambiar son las condiciones en las que él va a estar privado de la libertad, podría tener acompañamiento psicológico, psiquiátrico, que se le hagan ciertas valoraciones. Pero no decir que se lo va a dejar en libertad, no podría tener ese efecto", explica.

La atención de salud debe brindarla el Estado. Para ello, el juez decretará las medidas en una audiencia, luego de "corroborar el estado de la persona privada de la libertad", menciona León.

El objetivo del informe solicitado por la defensa de Glas

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El abogado de Glas solicitaba el informe para que el exvicepresidente sea declarado inimputable y que lo trasladen a un hospital psiquiátrico. Sin embargo, Zambrano indica que esa posibilidad no es factible porque el padecimiento del procesado ocurre en una fecha diferente a la que sucedieron los hechos que se investigan. 

"Si en este momento cometiese un delito y vemos que no tenía voluntad, o sin sus facultades mentales en óptimas condiciones, podría ser una causal de excusa, pero los delitos que a él le imputan los habría cometido en total uso de su voluntad. Se sanciona el acto", detalla el catedrático de Derecho.

Ambos expertos coinciden en que el uso del resultado del informe dependerá de la estrategia de la defensa de Glas. "Desde el punto de vista estrictamente jurídico corresponde pedir medidas directas al SNAI o al juez que se le brinde mejores condiciones de salud. Se puede pedir cambio del lugar (de cárcel) si se acredita que con el cambio va a recibir mejor atención para lo que necesita, pero depende de lo que reclamen sus abogados", manifiesta León.

"En Derecho Penal hay la posibilidad de revisar la pena porque las circunstancias pueden demostrar que las condiciones de ejecución de la sentencia pueden variar. Será el juez el encargado de garantizar los derechos del procesado y el cumplimiento" de la condena, menciona por su parte Zambrano.

Durante la audiencia de este martes, dos ambulancias permanecieron en los exteriores de la Corte Nacional. Allí su defensa mencionó que el exvicepresidente toma medicinas al medio día y en la tarde.

 Previamente, Glas solicitó acudir a la diligencia de manera telemática, pero el Tribunal lo negó y él fue trasladado a Quito desde la cárcel La Roca. 

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