CNT-HealthBird (1)
Evento. El 19 de marzo de 2025, CNT EP, en colaboración con Healthbird, presentó CNT Salud, "una aplicación móvil revolucionaria", cuyos constos no han sido aclarados.Cortesía

EXPRESO, a la espera de que CNT entregue el acuerdo comercial con HealthBird

La entidad, por ley, está obligada a transparentar información pública

El pasado 10 de diciembre, este Diario remitió un oficio a la empresa pública Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT EP) para solicitar, amparado en la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LOTAI), documentos relacionados con el acuerdo comercial con la empresa tecnológica HealthBird.

Según el portal Primicias, CNT ha asegurado que parte de la información está sujeta a reservas comerciales; sin embargo, la normativa vigente establece que todo documento en posesión de una entidad pública es de acceso ciudadano, salvo excepciones expresamente justificadas por razones de seguridad nacional, por .

La información solicitada

El pedido de acceso a la información pública fue solicitado al gerente (s) Ronald Spina y a la presidenta del Comité de Transparencia de CNT,  Carla Pamela Balcázar Álvarez. 

EXPRESO pidió la siguiente documentación:

  • El acuerdo comercial o convenio entre CNT y HealthBir o HealthBird Ecuador S.A.S., con sus adendas y anexos.

  • El Plan Operativo Anual (PAO) 2025 de CNT.

  • El informe de viabilidad para la suscripción del acuerdo CNT–HealthBird.

  • El acuerdo comercial CN-GGJE-008-2020 relacionado con la aplicación móvil CNT Salud.

  • Todas las órdenes de servicio solicitadas a HealthBird.

  • El detalle de los valores pagados, desembolsados o generados entre enero de 2024 y diciembre de 2025 en el marco de la alianza.

  • El desglose del uso de recursos vinculados al código presupuestario 4500029272.

Estas solicitudes buscan esclarecer el alcance contractual y financiero de la relación entre la empresa estatal y la plataforma tecnológica, cuya actuación ha generado cuestionamientos políticos, administrativos y ciudadanos.

El plazo que dispone la ley

La LOTAI establece, en su artículo 7, que “cualquier persona (…) podrá solicitar el acceso a la información pública sin tener que justificar las razones por las cuales se solicita”. La norma fija un plazo de diez días, prorrogables por cinco más, para que la autoridad entregue la información solicitada. El diario insistirá en el cumplimiento de la normativa de transparencia y acceso a la información pública.

@diarioexpresoec

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