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La tarde del 19 de diciembre de 2022, la CUT realizó un plantón en la Superintendencia de Bancos.RENE FRAGA

Los embrollos judiciales se replican en el Consejo Directivo del Seguro Social

Dos acciones de protección opuestas complican una vocalía del Consejo Directivo del IESS. Experta considera que la seguridad jurídica corre peligro

Ni la Asamblea Nacional ni el Consejo de Participación Ciudadana son los protagonistas de un nuevo episodio de decisiones judiciales polémicas en el país. En esta ocasión, el Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) es la entidad que se encuentra en medio del criterio de dos jueces que dilucidan la vocalía de los asegurados en el organismo.

El 9 de diciembre de 2022, el juez Carlos Bowen Lavayen de Quevedo aceptó el recurso presentado por la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) y dispuso la calificación y posesión de Richard Gómez Lozano como vocal de los asegurados en el Consejo Directivo del IESS.

CompetenciaSegún la jurista Borja, el juez de Quevedo no debió resolver el recurso por no encontrarse en la jurisdicción que tendría efecto.
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Sin embargo, cinco días después y juzgando los mismos hechos, la magistrada Hilda Garcés Dávila de Quito negó la acción de protección planteada por el Frente Unitario de Trabajadores (FUT) y demás organizaciones que respaldan la candidatura de Ramiro García Falconí a la vocalía de los trabajadores en el organismo.

Contrasentido que es peligroso para la seguridad jurídica del país, opina Patricia Borja Laverde, jurista especializada en temas de seguridad social y amicus curiae en la acción de protección presentada por el FUT.

“Es muy grave que se tomen este tipo de decisiones arbitrarias”, señala, al explicar que a su criterio la decisión de la jueza Garcés de negar el recurso del FUT era procedente porque no había ninguna violación a sus derechos constitucionales.

Hicimos nuestras elecciones cuando el decreto estaba vigente. La justicia nos dio la razón y lo único que tiene que hacer la Superintendencia es calificarnos para posesionarnos.

Richard Gómez, presidente de la CUT y candidato a la vocalía de los asegurados

“Pero no es entendible la resolución del juez de Quevedo”, continúa Borja, y señala que el magistrado Bowen no consideró todos los elementos del caso. Uno de ellos es que aunque ordene a la Superintendencia de Bancos la calificación de Gómez, “ya no hay norma que avale eso porque la reforma a la Ley de Seguridad Social ya entró en vigencia”.

Observación que la misma ‘Super’ de Bancos realizó en la audiencia y que volvió a hacer en su oficio de ampliación y aclaración al que EXPRESO tuvo acceso. En dicho documento, la entidad señala que el juez “no determina el modo” de ejecutar su propia sentencia.

Asimismo, la ‘Super’ de Bancos apunta en su oficio que el Decreto Ejecutivo 571 emitido el 3 de octubre de 2022 por el presidente Guillermo Lasso Mendoza, y referido por la CUT en su recurso, “ha perdido vigencia en el ordenamiento jurídico ecuatoriano”.

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Por lo tanto, según continúa el documento, la Superintendencia de Bancos “no tiene competencia de iniciar un proceso de calificación de los representantes (del Consejo Directivo) sin observar el proceso previsto en las reformas de la Ley de Seguridad Social”.

No obstante, Richard Gómez Lozano, presidente de la Central Unitaria de Trabajadores y candidato a la vocalía, invalida dicho argumento indicando que “la ley no es retroactiva” y que hicieron sus elecciones en el marco del Decreto 571 expedido por el mandatario.

Además, señala que aunque la Superintendencia haya presentado un recurso de aclaración y ampliación, “todo abogado sabe que los recursos horizontales no tienen efecto diferido y que las sentencias deben cumplirse. Ellos están rompiendo el ordenamiento jurídico”.

El juez de Quevedo no tiene la competencia para resolver esto. Además, días atrás una jueza ya les había negado la acción de protección. Lastimosamente es justicia a la carta.

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Incumplimiento que el juez de Quevedo hizo notar el 13 de diciembre de 2022 y, mediante oficio, ordenó a la Superintendencia de Bancos que en un plazo máximo de 24 horas califique la idoneidad de Gómez y su suplente para que el Consejo Directivo del IESS proceda a posesionarlos.

Sin embargo, como recuerda la jurista Borja, la ‘Super’ de Bancos no ha cumplido la disposición porque no hay marco legal que lo permita. Asimismo, indica que “ni ahora ni antes el reglamento ha contemplado que el Consejo tenga la facultad de posesionar. Es una barbaridad jurídica la sentencia”.

Por otro lado, la salida que la jurista ve en el embrollo es que “la entidad apele la resolución y pida el error inexcusable del juez por sus graves omisiones en este proceso”. Postura que este Diario intentó conocer, pero tras varios intentos de conversar con funcionarios de la Superintendencia, no hubo respuesta a la consulta.

Además, advierte que mientras se dilucida el lío del juez de Quevedo, el Frente Unitario de Trabajadores apeló la negativa a su acción de protección, la cual, de ser acogida, “complicaría mucho más el proceso de la vocalía”.