CARRO ELÉCTRICO
Un carro eléctrico se carga de energía en un parqueadero.Archivo/Expreso

Un alivio para el bolsillo: carros eléctricos solo pagan 10 de dólares de matrícula

El Servicio de Rentas Internas dio a conocer la nueva disposición

Los vehículos 100 % eléctricos solo pagan 10 dólares de matrícula: un impulso al ambiente y al bolsillo ciudadano.

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La transición hacia tecnologías más limpias acaba de recibir un fuerte impulso en Ecuador. Desde este año (2025), quienes adquieran vehículos nuevos 100 % eléctricos pagarán únicamente 10 dólares por concepto de matriculación vehicular, un beneficio que combina alivio fiscal e incentivos ambientales.

El Gobierno Nacional destaca que esta medida responde al compromiso de reducir emisiones contaminantes, fomentar la movilidad sostenible y hacer más accesible la adopción de vehículos cero emisiones.

El cambio se deriva de la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de Áreas Protegidas y su reglamento, bajo los cuales el Servicio de Rentas Internas (SRI) aplica la exoneración total del impuesto a la propiedad para vehículos particulares totalmente eléctricos, con excepción de las motocicletas.

A e (llo se suma la resolución de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) y del SPPAT, que fijan en 10 dólares la tarifa de matrícula y en 0 dólares el pago por accidentes de tránsito. Así, el trámite para estos vehículos queda reducido únicamente a la tasa de 10 dólares.

Los valores municipales, que pertenecen a los gobiernos autónomos descentralizados, no forman parte de este ajuste.

Los detalles de la exoneración para carros eléctricos

El SRI detalla que la exoneración se aplicará para el periodo fiscal 2025 bajo dos escenarios:

  • Vehículos adquiridos antes del 14 de julio de 2025: pagarán de forma proporcional hasta junio y recibirán el beneficio completo de julio a diciembre.

  • Vehículos adquiridos desde el 14 de julio de 2025: tendrán automáticamente el 100% del beneficio, sin trámites adicionales.
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Quienes ya hayan pagado valores sin considerar esta exoneración podrán solicitar la devolución de lo pagado en exceso. En el caso del impuesto administrado por el SRI, la solicitud podrá presentarse dentro de los tres años posteriores al pago, cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código Tributario.

Con esta decisión, el Gobierno refuerza su mensaje: la movilidad eléctrica no solo es un compromiso ambiental, sino un camino hacia un país más sostenible, moderno y económicamente accesible para la ciudadanía.

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