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Tres expertos de la Espae-Espol dan su visión sobre la Ley de Emprendimiento.Referencial / pixabay

Tres visiones sobre la Ley de Emprendimiento

Expertos destacan la flexibilidad que se da a los emprendedores, pero critican que no se hable de innovación en empresas establecidas.

La Ley de Emprendimiento e Innovación es bien vista por especialistas locales, quienes a la  vez dan consejos. Esta fue aprobada el 7 de enero pasado 2020 la Asamblea Nacional. Tres expertos de la Espae-Espol hablan del tema.

ADRIANA AMAYA.

 “Sin duda, la Ley de Emprendimiento e Innovación está apoyando desde diferentes perspectivas el emprendimiento y el nacimiento de nuevos negocios”. Según la profesora de la Espae (Escuela de negocios de la Espol) está creando nuevas formas de financiamiento y de contratación que hacen que los emprendimientos sean más sostenibles en el. Pero “es necesario tener cuidado con la burocratización que se puede generar, al crear un nuevo organismo que va a regular, promover y fomentar el emprendimiento e innovación a nivel del país”.

Sin embargo, un “importante vacío es que la Ley no puntualiza cómo se concibe la innovación en las empresas establecidas y cuáles serían esos mecanismos para promoverla e inclusive para hacer que las organizaciones opten por la transformación de sus modelos de negocios a través de la innovación”. 

VICENTE SERVIGON

El catedrático sostiene, en cuanto a la creación de las sociedades por acciones simplificadas, la Ley aprobada ha dado un gran paso en la evolución del derecho societario ecuatoriano, “dejando atrás los anacrónicos rigores burocráticos que frenaban el emprendimiento, porque esta nueva clase de compañía se constituiría solamente por documento privado e inscripción en un registro público de la Superintendencia de Compañías”. E incluso, podrían crearse por vía electrónica.

Adicionalmente, sostiene, regula con claridad los pactos entre accionistas (shareholders agreements) y la posibilidad de emitir acciones en diversas clases y series. Tales elementos son utilizados con frecuencia en ecosistemas de emprendimiento más maduros, como Sillicon Valley, por citar un ejemplo. 

VIRGINIA LASIO, directora del (Global Entreprenurship Monitor) GEM Ecuador.

 Considera que los aspectos más favorables de la Ley de Emprendimiento son la flexibilización en el ámbito financiero y societario que facilitaría la creación o constitución de empresas y el acceso a financiamiento en las diversas etapas de los emprendimientos.

“Particularmente importante me parece la valoración de intangibles como garantías por ejemplo, y las oportunidades para las plataformas de financiamiento (crowdfunding). Es interesante también la preferencia en el pago de facturas a los proveedores, sin embargo esta se daría solo para aquellos registrados en el Registro Nacional de Emprendedores (RNE)”, señala.

Es registro innecesariamente crearía categorías de emprendedores: los registrados y los no registrados; "este registro constituye un trámite nacional que reduce agilidad y a mi criterio no agregaría valor. Hay que destacar también la inclusión de las empresas de Beneficio Colectivo, que considero un gran acierto".

Le preocpa gobernanza de este sistema con el Consejo Nacional de Emprendimiento e Innovación, Conein, que, por la naturaleza de su composición, probablemente no cuente con la agilidad requerida para la frecuencia de reuniones que estipula esta Ley.