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Imagen referencialMiguel Rodríguez / Expreso

El rápido incremento de las SAS activa alertas y futuras reformas

La Superintendencia de Compañías impulsa cambios para mejorar el control de constitución de empresas. Expertos societarios rechazan las propuestas

Nacieron en el 2020 bajo la misión de simplificar la creación de empresas y cuatro años después, las Sociedades de Acción Simplificada (SAS) se anotan el éxito de haberse convertido en la primera modalidad de constitución que    rige en el mercado societario.    En el primer año,    vía electrónica, se formaron 794 firmas, el    año pasado ese número alcanzó las 14.127. Si se toman en cuenta las inscripciones    físicas, estas superan las 17.800. Lo que quiere decir que    el 86 % de las empresas a nivel nacional son SAS.

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Desde la Superintendencia de Compañías Valores y Seguros (SCVS) se reconoce la ventajas que tiene el país al adoptar este esquema impulsado a nivel global por el Banco Mundial y    que permite en cuestión de minutos crear una empresa con apenas $ 1 de capital; no obstante, su inusitado incremento, dice Marco López, superintendente de Compañías, ha dificultado los controles de la Superintendencia, a la que no solo le hacen falta recursos económicos para esa tarea sino que tiene leyes que le impiden hacer una inspección previa (en el momento en que se forma una empresa).

Esto preocupa a la autoridad en un contexto de mayor vulnerabilidad del uso de empresas para actos ilícitos, como el lavado de activos. La autoridad aclara que esto, no necesariamente constituye un “mecanismo idóneo    para ese ilícito, porque cualquier compañía (creada de forma tradicional), al no tener un control previo, se presta para eso”. No obstante, enfatiza en que “cualquier tipo   de cambio que mejore los controles será una forma de debilitar el financiamiento del narcotráfico”. En el caso Encuentro, recuerda, las empresas vinculadas al tema, eran SAS.

“Cuando usted forma una SAS vía electrónica y, peor, cuando la forma físicamente usted pierde todo el control que generaba toda la fe pública en este tema, porque cuando usted lo hacía a través de una escritura pública había un notario que decía : aquí firmó, verificaba la firma y eso iba al Registrador Mercantil, pero hoy las SAS no necesitan escritura pública, tampoco ir al Registro Mercantil, sino que simplemente nacen y punto. Pero como no hay control de fe pública, mañana (ante cualquier irregularidad) yo puedo decir, ese no soy yo”, explica López, tras añadir que en este escenario su gestión trabaja    en impulsar una reforma que permita ejercer un mejor inspección.

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En tres semanas, dice, esperan tener listo un    estudio técnico y jurídico y una propuesta de resolución para impulsar algunos cambios, los mismos que deben ser revisados por la    Junta    Política de Regulación Financiera. Entre las propuestas, según adelantó a EXPRESO, está el fijar la cantidad de activos, la operación que estas tienen, revisar la disposición que existe de que cualquier compañía puede convertirse en SAS y que pueden estar en el mercado de valores.    Desde el 2020, 400 empresas del país han migrado a este régimen, algunas por eludir controles. 50 de ellas son grandes firmas.

Hay unos pocos que utilizan para fines protervos a las compañías. Las SAS no son el problema. El control debe darse al revés

Esteban Ortiz
Exintendente de Compañías

El anuncio fue un ‘balde de agua fría’ para quienes defiende    la adopción de las SAS. Esteban Ortiz, exintendente de Compañías de Quito, rechaza cualquier cambio    que pueda perjudicar la dinámica que se ha ganado en el proceso de creación de empresas. Constituirlas de forma tradicional puede llegar a tardar hasta 45 días, hoy con una SAS entre 20 y 10 minutos. Antes, se pagaba hasta $ 3.000 en tasas, hoy no.

En Colombia, cuenta, estos mismos cuestionamientos ya se      endilgaron años atrás contra este sistema, pero estudios comprobaron que allá se hacía lo contrario. “Cuando tú quieres cometer delitos, tú utilizas las compañías anónimas, porque muchas veces necesitan una escritura pública para validar lo que hacen, un informe de auditor para seguir validando y usar el tema de la fachada. Tenemos que pensar que acá la mayoría de empresarios son honestos y que hay unos pocos que utilizan para fines protervos a las compañías. El control debe darse al revés. Claro que deben haber controles, pero la Superintendencia    está fallando en eso”, señala Ortiz.

Igual opinión tuvo Daniela Carrasco, abogada societaria, quien cree que la reforma debe apuntar a cómo se fortalece ese control. “Debería haber para ciertos casos un control previo y para otros un control posterior, según    cada caso puntual. Hay compañías que realizan transacciones o actos societarios que involucran un nivel de complejidad más alto o una cuantía más importante”.

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En ese sentido,    sugiere, “se debería hacer una revisión más profunda en el sentido de verificar quién hace el aporte, el origen de estos bienes por ejemplo cuando se hacen aportes de bienes inmuebles contar con verificación de información por parte del Registro de la Propiedad o el origen de los fondos cuando se hacen aportes enumerarios; tener un cruce de información con el SRI, para ver con qué ingresos se adquirieron,    si esos ingresos fueron declarados o no”.

  • Otros datos 

Origen. Los procesos ágiles de constitución, como la modalidad de la Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS),    impulsaron la creación de empresas desde el 2020. El primer año, 4.189 firmas se crearon bajo esta modalidad de forma electrónica y presencial. El año pasado ese número ascendió a 17.829.

Migración. Las reglas más flexibles de la SAS, en cuanto al manejo interno de la empresa, ha hecho que en los últimos cuatro años 400 empresas migren a este régimen. Entre este total, según datos de SuperCía, están 50 empresas grandes, 94 medianas, 164 microempresas, 148 pequeñas y 12 sin segmento (sin datos de estados financieros).

Recaudación. Las SAS no se requiere de instrumento público ni para los actos de constitución ni para nombramientos, por lo tanto ya las notarías no cobran aranceles por tales actos, de los cuales se beneficiaba en un porcentaje del 50 % el Estado, dice SuperCía. Igual pasa con el cobro de inscripción de tales en el Registro Mercantil.

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