
Gremio aduanero dice que tasa del 50 % para Colombia carece de justificación técnica
La medida, dice IEDA, afecta la inseguridad jurídica y las relaciones económicas de Ecuador y Colombia
El Instituto Ecuatoriano de Derecho Aduanero (IEDA) emitió este 26 de febrero un pronunciamiento sobre la tasa por servicio de control aduanero aplicada a las importaciones originarias de Colombia. El gremio jurídico sostiene que, con la información pública disponible, no se evidencia de forma suficiente el sustento técnico–económico que justifique el porcentaje fijado por el Gobierno, que pasó del 30% al 50%.
Según el IEDA, desde la teoría tributaria y la jurisprudencia constitucional, toda tasa debe cumplir dos condiciones básicas: la existencia de un servicio público individualizable y una relación de equivalencia entre el valor cobrado y el costo real del servicio. Si esa relación no está claramente demostrada, la figura podría desnaturalizarse.
Posible conflicto con el Derecho Comunitario Andino
El pronunciamiento también pone el foco en el marco del Derecho Comunitario Andino. El IEDA recuerda que el Programa de Liberación prohíbe la imposición de gravámenes que afecten el comercio entre Países Miembros de la Comunidad Andina.
Aunque la medida ha sido presentada como un mecanismo de control fronterizo y de fortalecimiento de la seguridad nacional, el instituto advierte que, si en la práctica opera como una carga vinculada a la importación, podría constituir un gravamen incompatible con los compromisos de integración regional.
El análisis menciona además precedentes del sistema andino de solución de controversias en casos de cobros similares, sugiriendo que la tasa podría enfrentar cuestionamientos en instancias comunitarias.
Impacto en el comercio entre Ecuador y Colombia
Más allá del debate jurídico, el IEDA alerta sobre el impacto económico. A su criterio, la aplicación de la tasa en los términos actuales afecta el comercio intracomunitario, la seguridad jurídica y la estabilidad de las relaciones económicas binacionales entre Ecuador y Colombia.
En un contexto en el que el comercio bilateral es clave para sectores como alimentos, manufactura y materias primas, una medida de este tipo podría encarecer importaciones, alterar cadenas de suministro y generar incertidumbre en operadores de comercio exterior.
El instituto hizo un llamado a que toda medida de control fronterizo se fundamente en técnica normativa adecuada, con sustento verificable de costos y respeto estricto al ordenamiento jurídico comunitario. También planteó que cualquier controversia se canalice a través de los mecanismos institucionales del sistema andino.
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