
Devolución IVA: los derechos de los adultos mayores y personas con discapacidad
Colectivos de adultos mayores exigen claridad sobre los fondos destinados a la devolución del IVA
La devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para adultos mayores y personas con discapacidad —un derecho establecido por la Constitución y la ley— se ha convertido en el centro de una disputa legal que podría marcar un precedente nacional. El 2 de septiembre de 2025, un grupo de beneficiarios presentó una acción de protección ante el atraso sistemático en los pagos por parte del Servicio de Rentas Internas (SRI). Para el 8 de diciembre está prevista la segunda audiencia, en la que se espera un pronunciamiento judicial.
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Mientras avanza el proceso, el abogado Jorge Iturburu, representante de un colectivo de afectados, explica a Diario EXPRESO cuáles son los derechos vulnerados y por qué este caso ha escalado hasta los tribunales. El primer derecho afectado, afirma, es el derecho a la petición, contemplado en el artículo 66.3 de la Constitución. Este principio exige que toda solicitud ciudadana debe recibir una respuesta clara, oportuna y de fondo, más aún cuando proviene de adultos mayores o personas con enfermedades catastróficas, amparados también por los artículos 33, 35 y 36.
Iturburu detalla que la normativa —incluida la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional— establece que el Estado debe responder sin dilaciones y evitar el silencio administrativo. Sin embargo, asegura que “Notificar no es pagar”, señala, al explicar que el Servicio de Rentas Internas (SRI)) habla de más de tres millones de solicitudes procesadas, pero sin precisar cuántas han sido efectivamente devueltas.
A ello se suma la afectación a otros derechos fundamentales: la tutela efectiva, prevista en el artículo 75, y la seguridad jurídica, establecida en el artículo 82. Estos principios obligan al Estado a garantizar el cumplimiento de la ley y a proteger el proyecto de vida de los ciudadanos, especialmente de quienes requieren un trato diferenciado y preferente, como lo reconocen el Pacto de San José y la normativa interamericana sobre protección de personas mayores.

En lo legal, Iturburu recuerda que el artículo 181.1 del Régimen Tributario Interno establece que la devolución del IVA a estos grupos debe resolverse en un máximo de 60 días, no en el tiempo que quieran, como ha venido pasando. Afirma que muchos no le han devuelto el IVA. “Por ejemplo, todo el año no me han devuelto un solo centavo pese a que hice la solicitud”, comenta el abogado, quien también es un adulto mayor.
Aunque la acción de protección la presentaron inicialmente unas 8 personas, el abogado aclara que el alcance debe ser mayor, ya que busca generar un precedente que beneficie a toda la colectividad. “La sentencia tiene efecto erga omnes”, sostiene. “Estamos hablando de miles de ciudadanos que esperan una respuesta”.
El Ministerio de Economía habla de los millones de dólares asignados
La ministra de Economía y Finanzas, Sariha Moya, se refirió al tema en una entrevista en Radio Democracia. Indicó qu según sus cifras, en 2025 se han destinado 328 millones de dólares a la devolución del IVA hasta octubre, lo que implica un aumento frente a los 262 millones del mismo período del año anterior. El Gobierno prevé cerrar el 2025 superando los 350 millones pagados en 2024.
Moya explicó que las solicitudes no se procesan por meses “cerrados”, ya que cada beneficiario presenta reclamos en tiempos distintos: algunos acumulan varios meses, otros lo hacen mes a mes. Por ello, aseguró, no es preciso afirmar que la devolución está procesada “solo hasta mayo o julio”.
Mientras tanto, los beneficiarios continúan a la espera y se preguntan dónde están los 328 millones de dólares. El SRI debe demostrar que ha depositado el dinero en las cuentas de los adultos mayores y de las personas con discapacidad y que no existe atraso en los pagos. Por parte de los adultos mayores, ellos ya presentaron documentos que evidencian que no se les ha devuelto el impuesto desde mayo.
El próximo 8 de diciembre, una jueza deberá decidir si el Estado vulneró derechos constitucionales y si ordenará medidas para corregir el retraso. Para quienes han esperado meses —e incluso todo el año— sin recibir un solo dólar, la sentencia será determinante. Según Iturburu, la decisión podría colocar a la jueza “en la historia”, dependiendo de si garantiza o no los derechos de la ancianidad.
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