Hay almacenes que en los centros comerciales abren a las 10:00 y cierran a las 20:00, lo que implica que trabajan 10 horas y eso hay que regular, dice el ministerio de Trabajo
Hay almacenes que en los centros comerciales abren a las 10:00 y cierran a las 20:00, lo que implica que trabajan 10 horas y eso hay que regular, dice el ministerio de TrabajoArchivo/EXPRESO

Acción ante la Corte busca suspender nuevo acuerdo laboral

El ministro de Trabajo, Harold Burbano, defiende la nueva jornada laboral

La entrada en vigencia de la nueva regulación sobre jornadas laborales continúa generando inquietudes entre trabajadores y empleadores, pese a los ajustes realizados por el Gobierno. Un pedido de suspensión fue presentado ante la Corte Constitucional tras la aplicación del acuerdo que modifica el régimen de jornadas y descansos.

Aunque no se trata de una primera acción de inconstitucionalidad, en febrero de 2026 ya se había presentado un recurso. Sin embargo, este hacía referencia al acuerdo MDT-2026-046, que nunca entró en vigencia. Por ello, ahora se presentó un alcance relacionado con el acuerdo MDT-2026-059, que sí fue publicado en el Registro Oficial. El alcance fue recibido por la Corte Constitucional el 11 de marzo de 2026.

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El ministro de Trabajo, Harold Burbano, defendió la medida y aseguró que su objetivo es modernizar el empleo y promover la creación de nuevas plazas laborales.

En una entrevista con Ecuavisa, el funcionario explicó que la normativa mantiene la jornada máxima de 40 horas semanales, pero permite redistribuirlas con mayor flexibilidad. Entre las modalidades contempladas está la posibilidad de trabajar hasta 10 horas diarias, que no necesariamente deben ser consecutivas, bajo esquemas presenciales, virtuales o mixtos.

La normativa también establece que los turnos especiales, como jornadas rotativas diurnas, nocturnas o mixtas, podrán aplicarse según la actividad de la empresa. Sin embargo, en esos casos se requerirá autorización del Ministerio de Trabajo cuando la naturaleza del trabajo implique laborar más de cinco días seguidos.

Burbano indicó que uno de los objetivos principales es formalizar relaciones laborales que ya existen en sectores como el comercio. Según explicó, en algunos centros comerciales los trabajadores cumplen horarios que superan las ocho horas diarias sin que esas condiciones estén plenamente regularizadas.

“Lo que buscamos es adecuar esas realidades laborales a la norma y llevarlas a la formalidad”, señaló.

Abrir nuevas oportunidades de empleo

El ministro sostuvo que esta regularización podría abrir nuevas oportunidades de empleo, especialmente para jóvenes. El Gobierno estima que hasta 160.000 personas entre 18 y 29 años podrían incorporarse al empleo formal hasta diciembre de 2026.

La reforma también contempla que, en casos de contratos colectivos, los turnos y horarios especiales se mantendrán sin cambios. Además, cualquier modificación de la jornada deberá quedar claramente establecida en el contrato laboral o en una adenda, ya que, según el Ministerio, ningún empleador puede imponer unilateralmente nuevas condiciones.

Pese a estas aclaraciones, persisten dudas sobre la posibilidad de que la flexibilización derive en jornadas extendidas sin compensación. Ante ello, el Ministerio de Trabajo anunció que reforzará los mecanismos de control, incluyendo inspecciones en sectores donde se detecten relaciones laborales informales.

El Gobierno defiende que estas medidas son parte de un proceso de modernización del mercado laboral impulsado por la administración del presidente Daniel Noboa, con el objetivo de mejorar la formalización del empleo, que actualmente ronda entre el 37 % y 38 % en el país.

Acción constitucional busca suspender acuerdo

El acuerdo ministerial que modifica el régimen de jornadas laborales en Ecuador enfrenta ahora un proceso judicial. El abogado Gabriel Rodolfo Recalde Bolaños presentó una impugnación directa ante la Corte Constitucional del Ecuador contra el Acuerdo Ministerial MDT-2026-059, emitido por el Ministerio de Trabajo, según conoció Diario EXPRESO

El recurso fue presentado dentro del caso 26-26-IN ante la jueza constitucional Claudia Helena Salgado Levy. En el documento se solicita, además, la adopción de medidas cautelares para suspender provisionalmente los efectos del acuerdo mientras se analiza su constitucionalidad.

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El acuerdo, firmado el 27 de febrero de 2026, introduce cambios en la regulación de las jornadas y descansos laborales y deroga el Acuerdo MDT-2018-0219. Según el demandante, su entrada en vigencia podría vulnerar normas laborales y convenios internacionales.

En el escrito se argumenta que la normativa permitiría jornadas de hasta 12 horas diarias y una redistribución de las 40 horas semanales sin los recargos legales correspondientes. También se sostiene que la medida podría contradecir disposiciones de convenios de la Organización Internacional del Trabajo relacionados con condiciones laborales, remuneraciones y seguridad en el trabajo.

El solicitante pidió a la Corte Constitucional que admita la acción y dicte una medida cautelar urgente para suspender temporalmente el acuerdo ministerial, mientras se analiza el fondo del caso.

La decisión sobre la admisión del recurso y la eventual suspensión del acuerdo quedará en manos del máximo órgano de control constitucional del país.

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