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Público. Miembros de la Policía y de Tránsito son los más ofendidos en el ejercicio de sus funciones.Archivo

El difuso efecto de las disculpas públicas

Es parte de las reparaciones que se aplican en fallos. Abogados cuestionan su ejecución

En un plazo de 20 días, Héctor Reyna Vivar, exdirector de la Penitenciaría del Litoral, debió presentar disculpas públicas en la segunda página de un diario de circulación nacional. La medida es de satisfacción simbólica, que se ordenó dentro de una sentencia que lo condenó a 20 meses de cárcel, dentro de un procedimiento abreviado en el que fue declarado autor del delito de concusión. El fallo se emitió el pasado 9 de marzo, pero hasta ahora no se cumple por apelación a la resolución judicial.

Qué efectos produce en una víctima o la sociedad recibir disculpas de quien ofendió, atacó    o incluso le arrebató la vida a alguien. Tanto el artículo 18 de la Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, como el artículo 78 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establecen las disculpas públicas como un mecanismo de reparación integral, dentro de las cinco que contempla el cuerpo legal como: restitución, rehabilitación,    indemnizaciones de daños materiales e inmateriales, medidas de satisfacción o simbólicas, garantías de no repetición.

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“Es parte de las formas de solucionar un conflicto por medio contravención o de la honra, es un tema que se está gestionando con los jueces como un medio para salir del problema que se inicia cuando se habla mal o se esparce un rumor contra una persona”, en casos de contravenciones, explica el abogado Adeodato Valencia Sánchez.

Sin embargo, sostiene que a pesar de ser un mecanismo cada vez utilizado por los juzgadores, es complicado gestionarlo porque la persona que ofendió (sentenciada) tiene que ofrecer las disculpas a nivel público. “Pero un periódico no te va a dar la posibilidad de darlas sin que hagas el pago del espacio, por tanto es complicado que se llegue a dar eso”, igual ocurriría con una canal de televisión. Las que logran darse son aquellas que se emitieron a través de una publicación por medios de comunicación.

Su ejecución tiene que darse... de lo contrario el obligado cometería otro delito.

Miguel Ángel Ramos
abogado en libre ejercicio

El abogado Miguel Ángel Ramos, defensor de los perjudicados en el denominado caso La Majadita, explica que al ser un derecho constitucional, el Estado está obligado a que cuando se determine -a través de los administradores de justicia - que existe vulneración de derechos y se ha cometido un error, a manera de restituir la afectación al ciudadano, se ordena la reparación integral, entre eso, las disculpas públicas.

“Su ejecución tiene que darse, por dos cosas: una, las instituciones tienen que dar fiel cumplimiento de lo que los administradores de justicia disponen (...); y dos, porque esa falta de cumplimiento conlleva a la configuración de un delito que se llama incumplimiento de decisiones legitimas de autoridad competente”, antes conocido como desacato.

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Si la persona no cumple con esa disposición se podría enfrentar a otro delito, que podría mandarlo a la cárcel de 1 a 3 años; y sumarse a la condena que recibió en el primer fallo por alguna infracción. “En eso tendría que ayudar la familia (en la publicación de las disculpas). Y hay muchas otras cosas (que no se cumplen) como las indemnizaciones económicas”, señala Ramos.

En el caso de La Majadita, donde se perjudicó a 250 agricultores por un préstamo que no recibieron, por parte del desaparecido Banco Nacional de Fomento (BNF) en Liquidación, las disculpas públicas dispuestas por la Corte Constitucional están colgadas en la página web de la institución, la que es vista solo por quienes visitan el portal.

En el caso conocido como Sobornos 2012-2016, en el que también se ordenó al expresidente Rafael Correa y otros exfuncionarios de su gobierno a ofrecer públicamente disculpas en la Plaza de la Independencia de Quito. Disposición que lo hizo la Corte Nacional de Justicia, el 27 de abril de 2020, dentro de la sentencia que lo condenó a 8 años de prisión.

REGULACIÓN

Se requiere de un reglamento. Si bien, los jueces aplican lo que dice la ley, no existe un reglamento que contribuya a efectivizar esa reparación en el común de los ciudadanos que no tienen dinero para pagar la publicación de las disculpas. De ahí que los abogados sugieren a la Judicatura habilitar un mecanismo o canal que pueda ser utilizado para ese propósito, por quienes no cuentan con recursos; y, de esa manera, no queden en letra muerta esas reparaciones simbólicas.