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En 2016, Eduardo Carmigniani denfendió a Expreso cuando la Supercom pretendía sancilarla por revelar hechos de corrupción en Petroecuador.Archivo

“La Defensoría debe persuadir, no castigar”

Las reformas a la Ley de Comunicación buscan revivir a la Supercom. El ente se abarrota con casos de consumidores

La herencia inquisitorial del correísmo busca traer a la vida a la Superintendencia de Comunicación (Supercom), pero encarnada en la Defensoría del Pueblo, cuya función es la protección y tutela de los derechos en el país.

En el art. 13 de las reformas a la Ley de Comunicación, una mayoría de legisladores correístas y de Pachakutik le dio al ante un rol activo en procesos de rectificación. “La persona afectada podrá acudir a la Defensoría del Pueblo para que inicie los procesos de protección de derechos, de conformidad con sus competencias o ejercer las acciones constitucionales que le asistan”.

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El veto a la Ley de Comunicación suprime la participación "excesiva" de la Defensoría del Pueblo

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Aunque no entra en vigencia la norma, la legisladora de UNES, Esther Cuesta, ya presentó acción en la Defensoría contra el periodista Roberto Aguilar, por una crónica.

“Esa es una demostración de lo que quieren hacer con la ley, que a un periodista que hace crónica de opinión política se le sancione a través de la Defensoría del Pueblo por opinar”, sostiene Francisco Rocha, periodista y secretario ejecutivo de la Asociación Ecuatoriana de Editores de Periódicos (AEDE).

Su criterio es que convertir a la Defensoría del Pueblo en la nueva Supercom es “distorsionar su rol” e ir en contra de los tratados internacionales de derechos humanos. “Incluso la Corte Constitucional, en sus fallos, como en el caso El Universo, se adhiere a la Constitución y al respeto al derecho a la libertad de expresión. Por lo tanto, creo que la Corte en 30 días desechará esta pretensión sancionatoria”, dice Rocha.

En la Constitución, artículo 215, se indican las cuatro atribuciones de esta entidad: velar por el acceso a la información pública, emitir medidas para la protección de derechos, patrocinar casos en donde se violen los derechos del consumidor en temas de servicio público y prevenir la tortura.

“El volumen de los casos de consumidores es altísimo y no tiene el debido financiamiento; una institución que hace recomendaciones no vinculantes sobre esto no puede ejercer un rol como intendencia o superintendencia. Eso es desvirtuar su naturaleza”, opina Paulina Mogrovejo, exconsejera del Consejo de Comunicación en representación de la Defensoría del Pueblo.

EXPRESO ha publicado el recargo ilegal en tarjetas de crédito que hacen locales y cuyo problema no ha podido dar solución la Defensoría. Esta también ha emitido criterios sobre la falta de medicinas para pacientes, pero ellos siguen sin obtenerla. Otros casos que inundan sus despachos son las multas viales irregulares, los abusos de las operadoras telefónicas o los cobros en exceso de las empresas eléctricas.

La Defensoría es la magistrada de la persuasión, no puede ser una entidad sancionadora”, dice Mogrovejo, aunque sí avala un ente para solucionar los conflictos con las audiencias. “Respetando el derecho a la libertad de expresión, además de los mecanismos judiciales que ya existen, sí es importante que haya una institución administrativa, no que controle medios, pero que sea un espacio ciudadano para tratar quejas y reclamos”.

Mauricio Alarcón es director ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo. Opina que cualquier institución que pretenda controlar y castigar a periodistas a nivel administrativo atentaría tratados internacionales sobre la libertad de expresión. “Hay que ver la denuncia de la asambleísta a Roberto Aguilar, lo hace con base en la ley reformada. Pero ya podemos imaginarnos cómo quieren usar la Defensoría”.

Veto. El presidente Guillermo Lasso vetó el artículo 13 sobre las rectificaciones. Ahora está en manos de la Corte Constitucional verificar si procede.