
Corte Constitucional frena reforma de Noboa para castración química y registro sexual
La CC declaró improcedente la propuesta de Noboa para aplicar castración química y crear un registro de ofensores sexuales
La Corte Constitucional (CC) declaró improcedente la reforma parcial al artículo 393 de la Constitución, planteada el 11 de julio de 2025 por el presidente Daniel Noboa. La iniciativa pretendía introducir la castración química a personas condenadas por violación y crear un registro confidencial de sentenciados por delitos sexuales.
El texto enviado por el Ejecutivo planteaba que la Asamblea Nacional implementara un mecanismo de castración química —mediante fármacos que reducen el deseo sexual— y estableciera un registro confidencial de ofensores sexuales. Según el Gobierno, estas medidas buscaban prevenir la reincidencia, proteger a la niñez y fortalecer la seguridad ciudadana.
Las razones de la Corte
El dictamen, aprobado el 4 de septiembre de 2025, determinó que la propuesta no puede ser tramitada por la vía de reforma parcial porque implica una restricción de derechos.
En el caso de la castración química, la Corte advirtió que la medida afecta la integridad física de las personas, no cuenta con evidencia científica suficiente sobre su eficacia y desconoce que los delitos sexuales tienen múltiples causas más allá del impulso sexual.
En cuanto al registro de ofensores, el tribunal señaló que podría constituir discriminación por pasado judicial, carece de parámetros claros sobre su alcance, temporalidad y efectos, y no demuestra cómo garantizaría una vida libre de violencia.
"La propuesta no puede ser tramitada a través de una reforma parcial porque, a partir de la información proporcionada por el presidente de la República, no se demostró que las medidas sean idóneas para garantizar una vida libre de violencia", detalla el dictamen 6-25-RC/25.
⚖️IMPORTANTE| La Corte Constitucional del Ecuador, en ejercicio de sus atribuciones, emitió tres dictámenes relacionados con propuestas de enmienda constitucional, reforma parcial y consulta popular presentadas por el Presidente de la República. pic.twitter.com/3VDuFRYapi
— Corte Constitucional (@CorteConstEcu) September 5, 2025
El Pleno de la Corte Constitucional, con ocho votos a favor, resolvió que la reforma parcial no es la vía adecuada para tramitar esta propuesta y dispuso el archivo del proceso. Con ello, el plan del Ejecutivo para endurecer las sanciones contra agresores sexuales queda sin efecto.
Para seguir leyendo EXPRESO sin límites, SUSCRÍBETE AQUÍ.